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La Protección de los Consumidores en el Mercado Interior Europeo
La Protección de los Consumidores en el Mercado Interior Europeo
 
Autor: Esteban de la Rosa, Fernando
Editorial: Comares
Soporte: Libro
Fecha publicación: 01/12/2003
Edición: 
ISBN: 9788484446439
304 páginas
Sin Stock. Envío en 7/10 días

Precio original:    22,00 €
Precio final por compra On-Line:     20,90 €   (I.V.A. incluido)

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La discutible compatibilidad de muchas de las prácticas comerciales de la economía capitalista con los postulados del Estado social proclamado por la mayoría de las constituciones modernas 1 ha provocado, en las últimas décadas, un nuevo tipo de intervencionismo estatal, cuya finalidad es proteger adecuadamente los intereses de la parte débil en el mercado, esto es, del consumidor 2. El propósito de esta nueva regulación estatal, que ha recibido el nombre genérico de Derecho del consumo 3, es reequilibrar, mediante el establecimiento de adecuados contrapesos, la desigual posición de unas y otras partes en el mercado. El Derecho del consumo no constituye una rama autónoma del ordenamiento, sino un sector interdisciplinar, que afecta a muy distintos ámbitos y sectores jurídicos 4, de ahí la conveniencia de incorporar el aspecto protector a toda regulación que, de forma directa o indirecta, pueda repercutir sobre los intereses económicos o de seguridad que se descubren en el consumidor. Grosso modo, la protección del consumidor puede quedar instrumentada a través de dos tipos de mecanismos: en un primer grupo se situarían todas aquellas normativas que persiguen proteger al consumidor, regulando las condiciones de producción, distribución y acceso al mercado de los productos y de los servicios. Entre otras, en este grupo se sitúan las normas que reglamentan la publicidad, las prescripciones relativas a la información que ha de ser accesible al consumidor en el etiquetado de los productos o las que prescriben determinadas medidas de seguridad o imponen garantías sanitarias a los productos alimenticios o médicos. La protección del consumidor frente a actos que puedan inducirle a confusión es, junto a otras, una de las finalidades perseguidas por las normas que sancionan los actos de competencia desleal o las que limitan el uso de determinadas expresiones en los productos (ad. ex. marcas, denominaciones de origen, denominaciones geográficas). Por regla general, este primer grupo de normas genera una protección del consumidor "en abstracto", por lo que es frecuente que su incumplimiento origine la posibilidad de ejercitar acciones colectivas, sin que queden excluidas las acciones individuales 5. En segundo lugar, la protección del consumidor puede quedar articulada a través de mecanismos de carácter contractual, cuyo propósito es servir de contrapeso a la posición contractual más fuerte de la que suele gozar el cocontratante del consumidor. Tales normas se configuran como imperativas, apareciendo como derogaciones al principio de autonomía de la voluntad que preside, por regla general, el sistema de Derecho de contratos de la generalidad de los ordenamientos jurídicos 6.

El desarrollo que los Estados miembros de la UE han hecho de sus políticas de protección de los consumidores se ha visto modificado sustancialmente como consecuencia de la injerencia en ese ámbito del Derecho comunitario. La influencia de este Derecho es múltiple y variada, y afecta tanto a aspectos materiales como de carácter formal. Uno de los efectos principales del Derecho comunitario ha consistido en la cualitativa elevación de los niveles de protección del consumidor en los países miembros de la Comunidad Europea 7, llevada a cabo a través de la armonización legislativa por obra del Derecho derivado. Sin embargo, la influencia del Derecho comunitario no se agota en el proceso de armonización material. El juego de las libertades comunitarias básicas -libre circulación de mercancías y libre circulación de servicios- muchas veces pone freno, como demuestra una abundante jurisprudencia del TJCE, a una protección estatal del consumidor que desborde ciertos límites. Hoy en día existe un cuerpo de sentencias del TJCE del que es posible extraer indicaciones valiosas en torno a la incidencia indirecta del Derecho comunitario sobre los Derechos estatales de protección de los consumidores. La repercusión del Derecho comunitario también se deja sentir en aspectos formales, como ocurre con las diferentes manifestaciones de la regla de reconocimiento mutuo, con el reparto de responsabilidades entre autoridades que conlleva, y con la consiguiente obligación de aceptar los productos o servicios que cumplan garantías equivalentes a las establecidas por el Derecho estatal. Y alcanza también al sistema de DIPr cuando el legislador comunitario observa la necesidad de otorgar ámbitos de aplicación específicos a las normas que tienen por objeto reforzar la posición contractual del consumidor, al objeto de garantizar la aplicación del estándar de protección establecido por el Derecho institucional.

Estas reflexiones introductorias sirven para explicar los objetivos del presente trabajo. Nuestro propósito no es realizar una exposición exhaustiva de la normativa de la UE que ha sido dictada con la finalidad de proteger al consumidor, ni tampoco exponer, de forma sistemática, todos y cada uno de los logros, ciertamente abundantes, del proceso de armonización en lo que se refiere a la construcción del Derecho privado europeo de protección de los consumidores. Nuestra intención es más modesta, y radicará en poner de relieve las muy diversas variaciones o matizaciones que la creación del mercado interior impone sobre el contenido material, y sobre la aplicabilidad, de las normas de protección de los consumidores de los Estados miembros de la UE. En definitiva, se tratará de descubrir los aspectos de sistema que en la actualidad estructuran la protección del consumidor en el mercado interior.
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