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Revista General de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado
Revista General de Derecho Canónico y Eclesiástico del Estado
 
Autor: Rafael Navarro-Valls (Director)
Editorial: Iustel
Soporte: On Line
ISBN: 16969669

Precio original:    109,51 €
Precio final por compra On-Line:     98,55 €   (I.V.A. incluido)

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DIRECTORES

Rafael Navarro-Valls - Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado - Universidad Complutense

Javier Martínez-Torrón - Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado - Universidad Complutense

SECRETARIO

Santiago Cañamares Arribas - Profesor Titular de Derecho Eclesiástico del Estado - Universidad Complutense

PERIODICIDAD CUATRIMESTRAL: enero, mayo y octubre

ESTRUCTURA Y OBJETIVOS DE LA REVISTA GENERAL DE DERECHO CANÓNICO Y DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO

La Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado constituye un cauce periódico y estable de comunicación intelectual dentro del ámbito propio de esas dos especialidades jurídicas, ambas entendidas en sentido amplio. Es decir, incluyendo, en el caso del derecho canónico, tanto su dimensión histórica como sus aspectos de derecho positivo vigente. Y, en el caso del derecho eclesiástico del Estado, tanto la estricta regulación del derecho de libertad religiosa -en conexión con otros derechos fundamentales- como las relaciones Iglesia-Estado, no sólo en el derecho español -vigente e histórico- sino también el derecho comparado e internacional. La Revista se publica cuatrimestralmente dentro del portal jurídico Iustel (www.iustel.com). Los tres números anuales aparecen, respectivamente, en los meses de enero, mayo y octubre. Sus contenidos incluyen: a) Artículos de corte doctrinal o académico, de mayor o menor amplitud, en los que se abordan tanto cuestiones de actualidad como de interés permanente. Dependiendo de las características de esos trabajos, se recogerán en la Sección Monográfica que frecuentemente se publica en cada número, o bien en las secciones de Estudios, Notas, o Comentarios de Legislación, Jurisprudencia o Documentación. b) Legislación de interés en materia de derecho canónico o de derecho eclesiástico del Estado: española (estatal y autonómica), internacional, comparada, y normas canónicas o de otras confesiones religiosas. c) Jurisprudencia, en los mismos términos que la legislación. d) Documentación de otro tipo, que sea difícilmente encajable en las categorías de legislación o jurisprudencia, pero que resulte de interés para los estudiosos de derecho eclesiástico del Estado o de derecho canónico (p. ej., informes de relatores de Naciones Unidas, documentos de Unesco, o ciertos documentos pontificios de especial relevancia que no sean en rigor normativos). Novedades bibliográficas en materia de derecho canónico o derecho eclesiástico del Estado, publicadas dentro o fuera de España en los idiomas de uso más común en el entorno jurídico occidental. Se incluyen en esta sección -sin pretensión alguna de exhaustividad, pero con intención de aumentar su número gradualmente- recensiones de los libros de mayor interés. Y también una 'revista de revistas', es decir, extractos de los sumarios de las revistas de mayor interés en el área del derecho eclesiástico del Estado o del derecho canónico. f) Información sobre actividades académicas y reuniones científicas que se celebrarán en el futuro próximo en España y en otras partes del mundo, junto con crónicas de las actividades realizadas en el pasado reciente. g) Información de actualidad sobre hechos de relevancia, en todo el mundo, para el derecho eclesiástico del Estado o el derecho canónico. Se obtienen de fuentes fiables pertenecientes al ámbito de los medios de comunicación, impresos o electrónicos, españoles y extranjeros. h) Una colección de vínculos de Internet de interés para los estudiosos del derecho eclesiástico del Estado y del derecho canónico. En materia de legislación y jurisprudencia española, nuestra intención es recoger de la manera más completa posible todas aquellas normas y sentencias que sean de interés para el derecho del Estado español sobre el factor religioso. Igual criterio se aplica a las normas de la Unión Europea o a las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En cambio, por lo que se refiere a jurisprudencia o legislación canónica o extranjera, no pretendemos -naturalmente- ofrecer un panorama completo sino sólo ejemplificativo de las principales cuestiones, y soluciones, que se observan en derecho comparado. Las mismas pautas inspiran la sección de documentación. La Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado está dirigida a juristas -y a otros intelectuales- interesados por cuestiones de derecho canónico, de libertad de religión o de creencias, o de relaciones Iglesia-Estado. Naturalmente, canonistas y eclesiasticistas, españoles y extranjeros, constituyen un público primordial de la Revista. Pero ésta también se elabora pensando en académicos de otras disciplinas (constitucionalistas, internacionalistas, civilistas, administrativistas, filósofos del derecho, sociólogos, teólogos, etc.), así como en personas no pertenecientes al mundo académico: jueces, fiscales, abogados, funcionarios del Estado, líderes religiosos, etc. La mayor parte del contenido de la Revista se publica en castellano, pero también se incluyen trabajos o información en los idiomas de uso más común en el entorno jurídico occidental (inglés, francés, italiano, alemán, portugués, latín). -------- Es probable que el lector se pregunte cuál es la aportación de esta Revista en el contexto de la literatura jurídica en lengua española: en otras palabras, qué añade una nueva revista en esta materia, donde ya hay consolidadas publicaciones periódicas de calidad. Trataremos de darle la misma respuesta que nos movió a nosotros a emprender esta iniciativa. Para empezar, la creación de un nuevo cauce de comunicación intelectual resulta siempre útil en el mundo jurídico, sometido a un casi constante proceso de metamorfosis por influencia, entre otros factores, de los cambios en la sociedad internacional. Esto, que sin duda vale para el derecho canónico, se aplica especialmente al derecho eclesiástico del Estado, que todavía hoy se encuentra en una tarea de redefinición de sus objetivos específicos, con una tendencia -explicable y tal vez inevitable- a ampliar su ámbito de estudio. Por mencionar un ejemplo, el proceso de integración europea, cuya carga política es cada vez más intensa, no puede separarse de una adecuada armonización de los diversos sistemas de relación entre Estado e iglesias en los países comunitarios -actuales y de próxima incorporación-, ni del necesario engranaje entre la libertad religiosa y de conciencia y las demás libertades fundamentales. De ahí que las soluciones comunitarias -y las adoptadas en el marco del Convenio Europeo de Derechos Humanos- hayan de influir en el derecho español; y de ahí también que, en dirección inversa, las soluciones de nuestro derecho interno, en la medida de su eficacia, puedan tener un posterior eco en el orden jurídico europeo. Pero la Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado no es solamente "otro" instrumento de comunicación. Su característica más acusada es que se mueve en el mundo de la publicación virtual. Lo cual implica toda una serie de ventajas respecto del tradicional mundo de la letra impresa. En primer término, la agilidad en la comunicación misma de las ideas o de los datos. La publicación electrónica a través de Internet permite una disponibilidad inmediata del resultado del trabajo de quienes escriben para la Revista o proporcionan información que puede ser difundida por ella. Aunque la Revista tiene una periodicidad cuatrimestral, las secciones de Legislación, Jurisprudencia, Documentación, Novedades bibliográficas, Información académica y Noticias de Actualidad podrán incorporar contenidos nuevos durante los cuatro meses de vigencia de cada número. La renovación de contenidos se anuncia oportunamente mediante correo electrónico a quienes están suscritos a la newsletter de Iustel. En segundo lugar, la publicación virtual determina una notable reducción de los costes de producción, lo cual facilita su engranaje en una actividad editorial que ha de mantenerse económicamente en un entorno cada vez más competitivo, y se traduce a su vez en unos precios de suscripción a la Revista más asequibles respecto a los estándares habituales. Además, se eliminan los problemas derivados del espacio que reclama una publicación impresa. La publicación virtual no ocupa lugar, por lo que desaparecen las dificultades relacionadas con el número máximo de páginas de cada número, y también las referentes al almacenamiento de las publicaciones. En todo caso, los números anteriores estarán siempre consultables a través de la página de inicio de la Revista. Y el acceso electrónico hace posible archivar en el propio ordenador información procedente de la Revista, e imprimir personalmente las partes que se deseen. Por otro lado, la edición virtual proporciona mejores sistemas de búsqueda de datos. La tecnología informática permite encomendar al ordenador muchas tareas de rastreo de información que antes necesitaban de una paciente labor personal -de resultados, además, no del todo seguros. Estas posibilidades de búsqueda se irán incorporando paulatinamente a la Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, incluyendo también la información contenida en las Revistas de otras áreas jurídicas. Se contempla, en el futuro próximo, la inclusión de foros de debate en los que canonistas, eclesiasticistas, y juristas de otras especialidades, puedan expresar su opinión de manera breve, pero rigurosa, sobre temas específicos de particular importancia y actualidad, sin necesidad de esperar a la publicación de trabajos más completos y de corte más académico. Por otro lado, estos foros podrán ser un modo de estar en contacto, y de intercambiar opiniones, a pesar de las dificultades que impone la distancia geográfica, y sin necesidad de esperar al próximo congreso o reunión académica. Esa misma facilidad para superar la distancia física hace que la potencial difusión de la RGDCDEE sea muy superior a la de una revista impresa, especialmente fuera de España, lo cual es de gran relevancia en nuestra área, habituada a un constante diálogo académico con colegas extranjeros. Una inmediata consecuencia de esto, entre otras, es que la Revista está llamada a tener una implícita dimensión europea e iberoamericana. Por un lado, el desarrollo de estas disciplinas en España hace que la RGDCDEE reúna unas condiciones óptimas para convertirse en instrumento privilegiado de comunicación dentro del mundo jurídico europeo, no sólo en relación con aquellos países -como Alemania o Italia- que poseen también una antigua tradición de estudio del derecho eclesiástico del Estado y del derecho canónico, sino también respecto a los demás países de nuestro continente, en la casi totalidad de los cuales se ha producido un incremento exponencial, en la última década, del interés de los juristas por las cuestiones que afectan a las relaciones entre Estado y religión, al hilo del gradual protagonismo de la cuestión religiosa en la vida política de Europa y de la evolución de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde principios de los años 1990. Lo mismo puede afirmarse respecto a los países de habla castellana, sobre todo teniendo en cuenta que en muchos países latinoamericanos está desarrollándose un interés creciente por ambas especialidades jurídicas, acompañado, no pocas veces, por iniciativas de reforma de la legislación estatal en materia religiosa. Hay algo, en todo caso, que para nada cambia con la innovación tecnológica: una publicación periódica ha de nutrirse de contribuciones de calidad. De ahí que la RGDCDEE siga una estricta política de evaluación externa de los trabajos que se le remiten para publicación, según se describe en las Instrucciones para el envío de trabajos, accesibles mediante el vínculo correspondiente en la página de inicio de la Revista.
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