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Ocupado lector: el libro que tiene entre sus manos no le hará perder el tiempo. La investigación del profesor Javato Martín sobre el delito de atentado está llamada a ser una obra de referencia sobre la materia y a marcar un antes y un después en los estudios españoles y europeos sobre las conductas de oposición al ejercicio de las funciones ejercidas por funcionarios públicos, autoridades o sus agentes. Profundo conocedor del pensamiento filosófico jurídico y constitucional sobre el derecho fundamental de resistencia del ciudadano frente al poder ilegítimo, el profesor Javato Martín se enfrenta a la compleja tarea de indagar, en línea histórica y comparada, la configuración legislativa del delito de atentado en los Códigos penales europeos, descubriéndonos los precedentes remotos, el nacimiento del delito en el seno del derecho revolucionario francés o las bases ideológicas de las diferentes decisiones político legislativas y jurisprudenciales, al tiempo que lleva a cabo una esclarecedora investigación dogmática. El estudio progresa a partir de la constatación de que el Derecho romano, que no conoció el delito de atentado, orientaba conductas de tal naturaleza al crimen laesae maiestatis y, después de la Lex Plautia de vi, al amplio concepto del crimen vis. Esta doble orientación se proyecta y disemina por la legislación histórica que pone el acento ya en la ofensa a la majestad del soberano ya en el ataque personal al funcionario u oficial público, y el profesor Javato Martín nos da cumplida información de ello, hasta que se produce el abandono del modelo antiguo y el inicio del delito de atentado en su sentido actual con el Derecho que surge en Francia a partir de la Revolución: el Código penal de 1791 toma en cuenta la «ofensa a la ley», expresión de la voluntad general, frente a la ofensa a la majestad o el ataque personal al funcionario. El exhaustivo análisis del Derecho francés, en perspectiva histórica y actual, va seguido de un no menos completo y profundo estudio del Derecho alemán, austriaco, suizo o italiano, que no elude cuestiones controvertidas o de difícil caracterización dogmática como, por ejemplo, el requisito de conformidad a derecho de la acción del servicio, en el ámbito del Derecho alemán, que constituye en sí misma una genuina investigación y que sólo puede llevarse a cabo con una sólida formación dogmática. El estudio de Derecho comparado pone de relieve la disparidad legislativa en la regulación de esta materia. Llama la atención el predominio del criterio de la no punibilidad de la resistencia pasiva y de la desobediencia con las excepciones de España y Suiza. En relación con los actos del funcionario o autoridad, la investigación permite distinguir entre el modelo amplio característico del Derecho español, italiano o suizo, que comprenden cualquier acto de la función o acción del cargo, y el modelo restringido de los Derechos francés y alemán, que se limitan a los actos de ejecución de la ley, reglamentos, decisiones judiciales, etc. Respecto del requisito de legitimidad o conformidad a derecho, el estudio muestra su regulación expresa en el Código penal alemán o austriaco, tras los pasos del Código penal francés de 1791, y su ausencia en el Código penal español y suizo, como también en el Código penal napoleónico de 1810 y en el vigente Código penal francés.
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