Información adicional
Se limita el presente estudio a la exposición de algo nuevo relacionado con las fuentes del Derecho navarro, que comprenderá por consiguiente: indicaciones sobre los Fueros y leyes posteriores peculiares de esa región; de la influencia extraordinaria que en la formación de aquél han tenido y tienen los usos y costumbres; la contienda mantenida sobre el derecho común supletorio de las dos fuentes anteriores hasta que el Tribunal Supremo la puso término dilucidando si debería entenderse por tal el Romano único o acompañado del Canónico o, por el contrario, si después de la unión con Castilla, prevaleció, y dentro de qué límites, el de ésta, cual había ocurrido en las provincias Vascongadas, tan afines en todo; con especialidad se insistirá en la aplicación del Derecho canónico a imitación de lo que sucede en Cataluña, y en la del aragonés, por lo menos durante cierto período.
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