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“Tras dos años de aplicación práctica de la Reforma Laboral de 1997, han sido múltiples los estudios, monografías, ponencias, escritos y opiniones en general, que se han elaborado sobre lo que, sin duda, resulta más cómodo y atractivo de la misma: los diferentes contratos de trabajo. Menos estudios hemos hallado sobre la parte no agradable del contrato laboral: su extinción. Y más escasas aún, las opiniones expuestas sobre una concreta forma difusa de concluir la relación contractual laboral: el despido objetivo individual. No pretendo, pese a ello, protagonismo alguno, como tampoco cubrir ningún hueco. Simplemente aportar unas ideas personales que, espero, faciliten la comprensión legal de la figura, contribuyan a una más adecuada apreciación judicial, enriquezcan su análisis doctrinal y favorezcan, en suma, la seguridad jurídica en su aplicación concreta, en beneficio de empresarios y trabajadores. Si algo se ha conseguido, mi anticipado agradecimiento al lector por su reconocimiento. Si pese a mi empeño, el trabajo ha resultado inútil o perjudicial, mis disculpas así mismo. En cualquier caso, una reflexión clara deseo trasladar a quien tenga la paciencia de leer las páginas que siguen: ojalá esté próxima la fecha en que una mayor e indispensable liberalización del mercado de trabajo y su regulación, convierta este estudio en mero y simple antecedente histórico de una figura legal por cuya desaparición normativa y consiguiente imposible revisión judicial me pronuncio desde aquí, clara y convencidamente.” (Esteban Ceca Magán).
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