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Colección: Cuadernos Jurídicos Al Detalle
En la parte Al Detalle de nuestro anterior Cuaderno de Práctica Penal (n.º 65, 4.º trimestre de 2011), efectuamos el análisis jurisprudencial de los elementos objetivos y subjetivos y la prueba del tipo básico del delito de lesiones. En el presente Cuaderno Jurídico, cerramos el estudio de esa figura delictiva abordando los restantes tipos penales, como los tipos atenuados, los agravados, las lesiones por imprudencia y las faltas.
Siguiendo el orden sistemático de nuestro texto punitivo, el primer punto que tratamos son los supuestos de "menor gravedad", regulados en el art. 147.2 del Código Penal, atendiendo al medio empleado y al resultado producido.
Estos supuestos participan de los mismos elementos del tipo básico (art. 147.1 CP), es decir, la causación de una lesión que menoscabe la integridad corporal o la salud física o mental de una persona, siempre que requiera tratamiento médico o quirúrgico para su curación. La menor gravedad a que se refiere el precepto trata de ajustar el desvalor que pueda concurrir entre la acción y el resultado.
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