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Colección: Cuadernos Jurídicos Al Detalle
Cuando una persona sin formación jurídica ha de relacionarse con los Tribunales de Justicia, se enfrenta a una situación desconocida y que por tanto le genera desconfianza, por lo que la elección de su abogado será fundamental y constituye el inicio de una relación contractual basada en la confianza, y por eso se le exige, con independencia de sus conocimientos o del acierto en los planteamientos, una diligencia, mayor aún que la del padre de familia. Así se recoge expresamente en el RD 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española, en el que se dice que el cumplimiento de la misión de defensa que le sea encomendada debe realizarse con el máximo celo y diligencia.
Se presenta en este Cuaderno la jurisprudencia sobre este tema, comenzando con los requisitos de la responsabilidad del abogado.
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