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La presente monografía tiene por objeto analizar, mediante una aproximación fundamentalmente procesal, los aspectos más problemáticos que se plantean en el ámbito del Derecho concursal, tanto en su vertiente puramente procesal como en la preconcursal.
El hilo argumental de la obra pone el foco en cuatro cuestiones centrales: instituciones preconcursales; jurisdicción y competencia; proceso concursal laboral; y calificación y responsabilidad concursal. Esta heterogeneidad se proyecta sin perder de vista cada una de las sucesivas reformas que lleva acometiendo el legislador, la última de ellas de 27 de febrero de 2015.
Desde la experiencia aportada por los autores, se concibe el Derecho concursal como una disciplina de naturaleza interdisciplinar: jurisdiccionalista, en atención al Derecho concursal como proceso; mercantilista y civilista, por las implicaciones jurídico-materiales que trae consigo todo sujeto concursado a través de sus distintas relaciones jurídicas externas; laboralista, a tenor de las especialidades procedimentales previstas para el tratamiento de los trabajadores dependientes del sujeto concursado; y fiscalista, a la vista de las obligaciones tributarias que subsisten en sede concursal.
Entre otras muchos interrogantes que se despejan a lo largo de la obra cabe enumerar cuestiones tan comunes y controvertidas como: ¿Qué elementos permiten constituir una clase de acreedores para evitar la apertura de la Sección Sexta? ¿Qué sucede si el deudor omite, ya sea por error o maliciosamente, ciertos pasivos en la documentación de su solicitud ex art.232.2 LC? ¿Qué tratamiento reciben las ejecuciones sobre el deudor en estado de preconcurso? Cuándo debe considerarse que un proceso ejecutivo ya ha sido iniciado con anterioridad al Auto declarativo de concurso, para así limitar el ámbito temporal del art.56.1 LC? ¿Qué ocurriría si el acuerdo contara con el 65% de apoyo de los acreedores financieros titulares de garantías reales, pero aun así no alcanzara el 51% del total de pasivo financiero? ¿Qué posición cabe adoptar ante un proceso iniciado con anterioridad al concurso y sobre el cual, una vez resuelto pero no firme, se pretendiera por el sujeto concursado interponer un recurso de apelación? ¿Cabe la declaración y condena por grupo de empresas patológico en el proceso del art. 64 LC?
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