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Una de las razones -quizás la fundamental- por la que se acude a la aplicación del Derecho es la certidumbre que con ella se pueda alcanzar.La práctica judicial certifica que la certidumbre del tercero/juez o magistrado en la discordia que ante él se plantea y que ha de resolver, no implica necesariamente acierto.A través de ésta idea básica, el autor cuestiona que la normativa procesal garantice el acierto del tercero/juez o magistrado en la discordia ante él planteada. Y a partir de esta premisa, se cuestiona que el Derecho procesal pueda ser cualificado como científico -la denominada ciencia del Derecho procesal- y sí como una filosofía de actuación que al tiempo que no posee “resortes” para garantizar el acierto del tercero/juez o magistrado sólo va a garantizar que exista un proceso justo según las exigencias constitucionales. Pero, nada más..
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