Información adicional
Colección: Grandes Tratados
En la presente monografía se examina, de forma pormenorizada y exhaustiva, la regulación jurídico-positiva del sistema español de protección por desempleo previsto en el Título III de la Ley General de la Seguridad Social, y su interpretación por la jurisprudencia y la doctrina.
CARACTERÍSTICAS
La presente monografía se caracteriza por el estudio de manera precisa, rigurosa, y directa, del alcance de cada uno de los preceptos jurídicos relativos a la protección por desempleo, ofreciendo una visión práctica y actualizada, desentrañando la norma, contextualizándola con las concordancias y trayendo a colación constantemente los criterios jurisprudenciales y doctrinales pertinentes.
NOVEDADES
- Ley General de la Seguridad Social. Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. - Normas publicadas en el Boletín Oficial del Estado, relativas a las disposiciones sobre protección por desempleo y posteriores a la LGSS: Real Decreto-ley 1/2016, de 15 de abril, por el que se prorroga el Programa de Activación para el Empleo. - Jurisprudencia del Tribunal Supremo en sus pronunciamientos más recientes sobre la materia. - Doctrina del Tribunal Constitucional al respecto. - Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. - Doctrina judicial.
Estructurada en siete tomos, la obra Comentarios a la Ley General de la Seguridad Social lleva a cabo un profundo y exhaustivo análisis del articulado del RDLeg. 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Análisis que se encuentra presidido por un enfoque eminentemente práctico. De ahí que la citada obra esté llamada a constituir la referencia obligada en la materia para cuantos intérpretes jurídicos interactúen en el sistema español de Seguridad Social.
- Análisis de la afiliación y cotización; sistemas especiales agrario y empleados del hogar; etc.). - Actualizados con las novedades introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017. - Exhaustividad y profundidad de los comentarios al estructurarse la obra en diversos tomos.
Los títulos y temáticas que aborda cada uno de los diferentes tomos son los que a continuación se indican:
a) Tomo I (Título I de la LGSS, primera parte): Normas generales del sistema: campo de aplicación; afiliación, cotización y recaudación; acción protectora
b) Tomo II (Título I de la LGSS, segunda parte): Normas generales del sistema: gestión de la Seguridad Social; régimen económico; procedimientos y notificaciones; infracciones y sanciones.
c) Tomo III (Título II de la LGSS, primera parte): Régimen General de la Seguridad Social: campo de aplicación; afiliación, cotización y recaudación; disposiciones comunes; sistemas especiales agrario y de empleados del hogar.
d) Tomo IV (Título II de la LGSS, segunda parte): Régimen General de la Seguridad social: acción protectora.
e) Tomo V (Título III de la LGSS): Protección por desempleo.
f) Tomo VI (Título IV de la LGSS): Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
g) Tomo VII (Título V de la LGSS): Prestaciones no contributivas.
Creemos que son varias las ventajas que derivan de la Metodología seguida. En primer lugar, al estar estructurada por tomos, el lector tiene ante sí una obra fácilmente manejable muy alejada de ejemplares con extensiones superiores a las mil páginas. En segundo término, el contenido de más espacio en el conjunto de la obra, los preceptos en cuestión pueden ser tratados con mayor profundidad y exhaustividad lo que, lugar a dudas, redundancia en una mayor calidad científica y práctica del trabajo realizado. Asimismo, todos los autores responsables de cada tomo han podido mantener una unidad mayor expositiva en cada uno de los diferentes temas tratados. Y, en fin, tratándose como se trata de una materia en continua evolución legislativa y / o jurisprudencial,
Lógicamente, a la postre corresponde al lector valorado la idoneidad de la opción metodológica seguida. Eso no obstante, estamos convencidos de que el resultado merece sinceramente la pena.
|