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Colección: Biblioteca de Filosofía del Derecho
Solo el contraste entre Derecho Natural y Derecho positivo permite entender la esencia tanto del uno como del otro. También el derecho positivo es una ordenación de la conducta humana, pero se distingue del natural en que es solo artificial, esto es, creado por el hombre, y en cuanto tal aparece como simple obra humana.
En tanto que procede de la insuficiente voluntad humana se presenta siempre, respecto del "natural", como más o menos "arbitrario". Y por eso, en contraste con aquél, no es necesariamente justo, sino también injusto en alguna medida. En la ordenación "natural " encuentra la ordenación "artificial" positiva la medida de su valor o desvalor. Según el grado de su coincidencia o contradicción con el Derecho natural, el Derecho positivo es contemplado desde el punto de vista del Derecho natural un derecho bueno o malo, justo o injusto. Hans Kelsen
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