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Análisis jurídico - penal de la figura del comiso
Análisis jurídico - penal de la figura del comiso
 
Autor: Ana Isabel Cerezo Domínguez
Editorial: Comares
Soporte: Libro
Fecha publicación: 10/02/2005
Edición: 
ISBN: 9788484448877
138 páginas
Sin Stock. Envío en 7/10 días

Precio original:    12,00 €
Precio final por compra On-Line:     11,40 €   (I.V.A. incluido)

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Una de las novedades del Código penal de 1995 ha sido la incorporación en el Título VI de su Libro I de un conjunto de reacciones jurídicas contra el delito que denomina consecuencias accesorias, tras la regulación de las penas, de las medidas de seguridad y de la responsabilidad civil derivada del delito. Se comprenden como tales el comiso de los efectos y objetos del delito, el comiso de las ganancias que provengan del mismo, así como otras medidas aplicables a empresas, asociaciones y organizaciones delictivas, tales como su clausura, disolución o intervención, o la suspensión o prohibición de sus actividades, ya sea con carácter temporal o definitivo.
La regulación genérica del comiso en la legislación penal española queda así plasmada en la Parte General, previéndose para todo tipo de infracción delictiva. Los arts. 127 y 128 regulan de modo general lo relativo a esta consecuencia accesoria, que será objeto de estudio en el presente trabajo. Pero ello no ha parecido ser suficiente para el legislador, quien ha mantenido en la Parte Especial algunas normas específicas sobre el comiso con relación a delitos concretos. Así, en el art. 301.5 del Código penal se prevé el decomiso de ganancias procedentes del blanqueo de capitales; en el art. 374 se contempla una regulación específica de esta figura para los delitos de tráfico de drogas; en el art. 385 se añade expresamente que el vehículo a motor o ciclomotor se considera instrumento del delito en relación con el art. 384, relativo a la conducción con consciente desprecio a la vida de los demás; y en el art. 431 se prevé el comiso de las dádivas, presentes o regalos entregados por el particular, en todos los supuestos de tráfico de influencias y cohecho. Ni siquiera el estudio del comiso se puede detener aquí, al preverse también en algunas leyes penales especiales, que serán, del mismo modo, objeto de análisis en las páginas siguientes.
Por último, es del todo obligado recordar que el comiso no es una sanción exclusiva del Derecho penal, apareciendo igualmente prevista en otras ramas de nuestro ordenamiento jurídico. En concreto, se puede aludir a un comiso de carácter civil o de índole administrativa.
La regulación del comiso en el nuevo Código penal es sustancial¬mente diferente a la que tenía en los códigos penales anteriores, no sólo por su nueva ubicación entre las consecuencias accesorias, categoría novedosa en nuestra legislación penal, que lleva a replantear la ya tradicional discusión sobre su naturaleza jurídica, sino también debido al más amplio alcance que se le da, al incluirse por primera vez el comiso de las ganancias. La reciente reforma del Código penal de 2003 afecta igualmente a determinados aspectos de esta figura jurídica. Entre ellos cabe destacar la posibilidad de incautar bienes por un valor equivalente cuando no sea posible el comiso de los efectos, objetos o ganancias del delito.
Pese a lo que se podría calificar como una prolífica regulación, el comiso sigue siendo hoy en día una figura carente de atención por parte de la doctrina, con escasos trabajos monográficos dedicados a su estudio. Ello no es coherente con las novedades experimentadas en su regulación, ni con la importancia que está adquiriendo como medida dirigida a combatir determinados tipos de criminalidad. De ahí el objetivo de este trabajo, que consistirá en realizar un análisis dogmático de esta figura jurídica.
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