Información adicional
La profesión contable, Concretamente los auditores de cuentas, economistas y profesores mercantiles, colaboran estrechamente en funciones periciales con Juzgados y Tribunales, como fuente de prueba, Esta es la causa del estudio sobre las actuaciones de los peritos en distintas jurisdicciones (civil, contencioso-administrativa, laboral y penal), así como las funciones que desempeñan dichos profesionales como auxiliares del juez (liquidador, interventor, administrador y contador-partidor), con la intención de analizar los cambios que se han producido, tras La entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero). La profesión contable, de igual modo, puede colaborar eficazmente con los profesionales del Derecho, tanto preventivamente, para evaluar el quantum de las cuestiones planteadas a consulta jurídica, como a la hora de fundamentar los hechos económicos susceptibles de demanda o contestación. Viene a colación el interesante trabajo de nuestro compañero Balagué Doménech, en el que se destaca la conveniencia del asesoramiento, por parte del experto contable, al letrado director del pleito, cuando actúe en defensa del demandante o del demandado, a fin de ayudarle a la selección, si el caso lo requiere, de la documentación contable en que funde su demanda o apoye la contestación, incluso ante la posible reconvención. También para fase probatoria, puede ser útil la especialidad de los expertos contables, económicos y financieros. Esta modalidad de prueba pericial (contable, económica o financiera), en general, descansa en la contabilidad, y los dictámenes se emiten Sobre datos contables, verificados mediante la aplicación de procedimientos de auditoría, a cuyo fin se incorporan diversos modelos de escritos e informes para la práctica, en apéndice de formularios, relativos a la prueba pericial contable y a la intervención y administración judicial.
|