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Aranzadi Derecho Comunitario nº 517
A partir del 12 de diciembre de 2008 puede acudirse en España y en el resto de países miembros de la unión europea -con excepción de Dinamarca- al proceso monitorio europeo, establecido por el reglamento (CE) núm. 1896/2006. Se trata de un nuevo proceso, que siguiendo la técnica monitoria, permite a los acreedores reclamar deudas dinerarias y, si el deudor no se opone, obtener un título que será ejecutivo en cualquier estado miembro, sin necesidad de seguir un procedimiento de exequátur en el estado miembro de ejecución, ni de obtener su previa certificación como título ejecutivo europeo se diseña como un procedimiento uniforme, el que los trámites esenciales se regulan del mismo modo para todo el territorio europeo.
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