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Con esta publicación, desde el área que se ocupa de las cuestiones indígenas en el Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe de la Universidad de Deusto, queremos contribuir a afirmar una tendencia reciente en el Derecho Internacional en general y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en particular, que otorga una atención cada vez mayor a las demandas y a las reivindicaciones de los pueblos indígenas. Estamos convencidos de que la aproximación indígena a los derechos humanos, lo que ellos mismos suelen denominar cosmovisión, supone un reto de una gran envergadura para avanzar hacia un concepto verdaderamente universal y multicultural de los derechos humanos. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 31 de agosto de 2001, en el Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni contra la República de Nicaragua , supone una auténtica revolución en el reconocimiento por un órgano internacional de carácter jurisdiccional de ciertos derechos de carácter colectivo a la tierra y a los recursos naturales de las comunidades indígenas. Esperamos que la tendencia hacia la que apunta esta sentencia sea continuada por otros pronunciamientos judiciales y por reformas legales tanto internas como internacionales que proclamen y reconozcan los derechos básicos de los pueblos indígenas.
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