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La acumulación de sanciones penales y administrativas sobre el mismo sujeto por la realización de una conducta ilícita, constituye una práctica habitual en el ejercicio de la actividad legislativa y judicial española, especialmente en el campo de las relaciones socioeconómicas. La Constitución de 1978 supuso el punto de inflexión a dicha tendencia, introduciendo las bases de un sistema sancionador del que se desprende la aceptación y necesaria aplicación de la interdicción de la duplicidad sancionadora que impone el principio de "Ne bis in idem". El presente trabajo constituye una indagación del fundamento constitucional del principio y derecho fundamental, que trata de desvelar el carácter y naturaleza de la vieja máxima adaptada a nuestro sistema, así como los elementos y condicionamientos que permiten dotarle de una estructura aplicativa que abarca todo el ius puniendi. De esta forma, la obra brinda la oportunidad de conocer el significado del aforismo desde sus más remotos antecedentes hasta las últimas opiniones doctrinales, aderezado con abundantísimas referencias jurisprudenciales.
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