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Un informe del Banco Central Europeo revelaba hace poco que España es uno de los países europeos con intereses y comisiones más caros. En un contexto generalizado de crisis económica, el presente trabajo trata de colocar la alector en la necesidad de que Jueces, Notarios y Registradores actúen, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, los mecanismos legalmente previstos en nuestro Ordenamiento para poner freno a las cláusulas abusivas presentes en préstamos y créditos. Las ideas que se proponen en este sentido apuntan, tras realizar un análisis de las distintas normas de protección del consumidor y de la clientela bancaria (entre ellas la reciente Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios), hacia la necesidad de una mayor homogeneización de la regulación de préstamos y créditos, a ser posible en un solo texto legal; la denuncia de comisiones que cobran las entidades financieras por servicios que en realidad no prestan; la conveniencia de la apreciación de oficio por parte de Jueces y Tribunales del carácter abusivo de cláusulas, como las que prevén intereses moratorios excesivos y su consiguiente moderación; y una mayor aplicación de la Ley de Usura, ponderando no sólo los intereses usuales del ! mercado español, sino también los del resto de los países de la zona euro, entre otras cosas. Para ello se realiza un análisis jurisprudencial de éstos y otros aspectos que tienen que ver con las cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores como: las cláusulas de redondeo al alza de los intereses en los préstamos hipotecarios, las cláusulas suelo, el pacto de anatocismo, las cláusulas que imponen garantías desproporcionadas y las de vencimiento anticipado.
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