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Aguas y Ordenación del Territorio en el contexto de la Reforma Estatutaria
Aguas y Ordenación del Territorio en el contexto de la Reforma Estatutaria
 
Autor: Mellado Ruiz, Lorenzo
Editorial: Comares
Soporte: Libro
Fecha publicación: 21/10/2010
Edición: 
ISBN: 9788498367300
376 páginas
Sin Stock. Envío en 7/10 días

Precio original:    25,00 €
Precio final por compra On-Line:     23,75 €   (I.V.A. incluido)

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El presente libro empezó a gestarse hace ya algunos años, más de los inicialmente previstos y deseados. Tuvo como punto de partida un Proyecto de Investigación que concedió el Centro de Estudios Andaluces de la Junta de Andalucía al Área de Derecho Administrativo de la Universidad de Almería. Mi contribución al trabajo colectivo resultante constituye la base fundamental de la primera parte de este libro, aunque lógicamente haya sido completada y depurada con ocasión del mismo. La posterior dilación se debe, entre otros factores, al desempeño durante estos últimos años —de azarosa adaptación a «Bolonia»— de un cargo de gestión en la Facultad de Derecho de la Universidad de Almería. Por encima de las reuniones, las discrepancias —internas y externas— y las interminables horas de «dedicación académica», me quedo con la magnífica e inolvidable relación trabada con mis compañeros del Decanato, de cuya generosa disposición dejo ahora constancia formalmente.

Para la culminación y publicación del libro ha sido también decisiva la función de apoyo, estímulo y orientación del profesor Iñigo del Guayo Castiella, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Almería, a quién agradezco, además, la amabilidad de redactar el prólogo del mismo.

La obra ve la luz, finalmente, en el marco del Grupo de Investigación de la Junta de Andalucía SEJ-200, de la Fundación de Estudios de Regulación y del recientemente creado Campus de Excelencia Internacional en Agroalimentación de la Universidad de Almería. Una última y necesaria observación final, de carácter ya sustantivo.

Los orígenes de este estudio se remontan al momento de la aprobación del primer Estatuto de Autonomía del siglo XXI, el Estatuto catalán, sobre el que, por cierto, acaba de recaer finalmente, y tras cuatro años de espera, Sentencia el día 28 de junio de 2010. Con el mismo se inoculó en el sistema territorial español la «fiebre de la reforma estatutaria», cuyas mutaciones, reacciones y secuelas aún perviven. Culminando el libro, acaba de rechazarse en sede parlamentaria el nuevo Estatuto de Castilla-La Mancha, entre otras objeciones, por la conflictiva y espinosa cuestión de la ordenación autonómica de las aguas. La cuestión, por tanto, no está ni mucho menos cerrada. El modesto objetivo de sistematización general del proceso de reforma, y sus consecuencias sobre el poliédrico tema del agua y la ordenación del territorio, pretendido con este estudio, puede que sólo sea, así, un episodio o contribución adicional a una dinámica necesariamente oscilante y de complicada articulación institucional. Se pretende, por tanto, más que avanzar soluciones definitivas o proponer conclusiones, plantear críticamente algunas de las cuestiones más conflictivas que han ido surgiendo en estos últimos años a propósito de la llamada «regionalización del agua». Y este carácter abierto, en cierta forma desarticulado, del debate sobre el agua, se pone de manifiesto, por ejemplo, con la reciente aprobación —tras un accidentado proceso— de una norma importante, con vocación, no obstante, de generalidad y permanencia, en la Comunidad andaluza, la esperada Ley de aguas. Tanto su finalidad de regulación omnicomprensiva, como la misma importancia y calidad sustantiva de sus previsiones (algunas realmente discutibles), aconsejan reseñarla en este estudio, aunque sea en una fase ya tardía de corrección de segundas pruebas. En el epígrafe concreto relativo a la evolución del grupo normativo andaluz sobre aguas continentales se hará alguna referencia, así, a los aspectos generales más importantes de la nueva Ley, aunque ni se trata de un tema central en este libro ni existe realmente una gran divergencia entre las referencias vertidas con relación al Proyecto y las finalmente publicadas. Más destacable puede ser, quizás, el dato anticipado de la complejidad, inestabilidad y dinamismo de una cuestión transversal, clave en la articulación de nuestro modelo territorial y carente, aún, de una racionalidad normativa general y congruente.

La incidencia de la STC de 28 de junio de 2010 sobre el núcleo de algunas de las cuestiones planteadas en el presente estudio sí puede ser mayor. No hay sido factible realizar un análisis pormenorizado de la misma, pero sí quiero dejar constancia de una consideración importante, genérica pero que atraviesa realmente muchas de las afirmaciones y valoraciones vertidas en este libro. Pueden diferenciarse, en el escaso margen de tiempo transcurrido desde la «sonada» aparición de la Sentencia, dos tipos de reacciones: una primera, política, publicitaria y propagandística, la que ha llenado minutos en televisión y páginas en la prensa escrita, desde una óptica preocupada —y encorsetada—, desde múltiples matices y sensibilidades, por los aspectos identitarios, institucionales y organizativos afectados por la decisión del Tribunal Constitucional.

Y una segunda, que es la que me interesa resaltar, y que es la que afecta a este libro, menos estruendosa, menos comentada, pero, en el fondo, la realmente importante desde un estricto análisis jurídico. Sorpresivamente, cuando la evolución —de la que se da cuenta en el presente estudio— parecía encaminarse hacia una maximalización y potenciación de los respectivos ámbitos competenciales y hacia lo que parecía, atendiendo a la anterior STC 247/2007, de 12 de diciembre, un cambio sobrevenido de nuestro modelo de articulación territorial del poder público, la nueva Sentencia ha vuelto a dar un giro, más bien una oscilación o altibajo más, sobre lo que realmente importa, más allá de categorías conceptuales, precisiones terminológicas, ubicación en el articulado o fuera de él, o «interpretaciones constitucionales», oportunas, pero fuente de inseguridad jurídica, es decir, el modelo competencial. No es sólo que la Sentencia, en sintonía con lo sostenido en diferentes partes de este libro, vuelva a afirmar —y confirme con contundencia— el principio de «relatividad» de las competencias exclusivas, sino que se aclara, junto con las nítidas limitaciones a las «definiciones» de las competencias, que los Estatutos no pueden contribuir a delimitar el contenido y alcance de las competencias, ni estatales ni autonómicas. Esta afirmación, en su traslación a muchos de los ámbitos en cuestión, puede tener más importancia de la aparente. Jurídicamente es, sin duda, mucho más relevante que algunas de las estériles y estratégicas polémicas sucedidas desde la aparición de la Sentencia. El enfoque sectorial de este libro, en las partes concretas destinadas al análisis de las reformas estatutarias en materia de aguas continentales, enlaza precisamente sobre los diversos matices y consecuencias que pueden derivarse de esta afirmación del TC. Iguales de ambiguas son las afirmaciones sobre la capacidad autonómica de delimitación indirecta de la legislación básica del Estado o los límites normativos de la potestad regional de ejecución.

Será necesario analizar con más detenimiento los razonamientos, en este punto concreto del Tribunal Constitucional, pero las valoraciones que aquí se hacen sobre el tema del agua se ajustan y aproximan, desde distintas perspectivas, a lo que parece propugnar la nueva y decisiva Sentencia sobre nuestro territorial de distribución del poder.

Termino agradeciendo de nuevo su ayuda y apoyo a todas las instituciones y personas que han hecho posible la elaboración y publicación del libro. Todos han contribuido de alguna manera, con una sedimentación constante, a su formación. Pero el cauce principal, la corriente que lo ha impulsado con determinación y constancia, ha sido, sin duda, mi familia.
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