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Las hondas transformaciones que en apenas un lustro han sacudido el ámbito de la difusión y comercialización de las obras musicales, han incrementado notablemente el de por sí elevado índice de obsolescencia que aqueja a los estudios doctrinales en casi todas las disciplinas jurídicas. Agotada la primera tirada de esta monografía hace ya más de tres años, parecía pues ineludible incorporar las novedades en lugar de realizar una mera reimpresión de la obra. Así lo entendieron también el editor y el director de la colección, a quienes debo dar las gracias por la comprensión y el apoyo mostrados hacia mi proyecto. Si de por sí muchos de los ternas tradicionales, como el de la comunicación pública de obras protegidas en habitaciones de hotel, habían experimentado nuevos giros merced a importantes decisiones judiciales, el fenómeno de la explotación de la música a través de Internet, que en época tan cercana como 1998 aún no había conocido en España prácticamente impacto alguno, cinco años después justificaba por sí solo la revisión del libro. Revisar un libro es tarea ingrata. El autor siente que en cualquier momento puede alterar el difícil y misterioso equilibrio de fuerzas que lo sostienen en pie, cuyas claves aparecen ahora ignotas incluso para el mismo que las configuró. El principal peligro que acecha al revisor es el de querer matizarlo todo, completarlo todo, actualizarlo todo. Ya no se es el mismo que cuando se escribieron aquellas líneas, y ya no se dirían igual las mismas cosas. Sin embargo, hay que sobreponerse a la tentación de la puesta al día exhaustiva, por otro lado imposible de acometer a menos que se rescriba el texto en su totalidad. Así pues, no he pretendido reconsiderar todos mis puntos de vista, ni siquiera agregar cuantas innovaciones han tenido lugar a nivel legislativo, jurisprudencial y doctrinal en estos últimos años.
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