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Colección: Monografia asociada a la Revista Aranzadi de Derecho Ambiental Num. 27
La comunidad científica ha aceptado de forma unánime el origen antropológico del cambio climático. Por ello, desde las instituciones internacionales y la comunitaria apostaron, entre otros mecanismos, por el régimen de comercio de derechos de emisión como instrumento para reducir las emisiones de los GEI de un modo eficiente. En el seno de este mecanismo cabe diferenciar dos fases: una primera fase, de asignación de los derechos de emisión y, una segunda fase, de intercambio de los derechos en el mercado secundario.
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