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Colección: Cuadernos de T. Constitucional
El ejercicio del derecho de manifestación y reunión, también ante las sedes parlamentarias y en el domicilio de cargos públicos, así como la exhibición de símbolos políticos en el espacio público concita un enconado debate sobre la libertad de expresión y sus límites.
" Sistematiza la jurisprudencia constitucional, ordinaria y europea relativa a los límites de la libertad de expresión en el espacio público. " Analiza la libertad de expresión y el ejercicio del derecho de reunión y manifestación " Estudia el uso de los símbolos políticos en el espacio público y en la esfera de las instituciones y administraciones públicas
Joan Ridao Martín es Letrado Mayor del Parlamento de Cataluña.
Las libertades reguladas por el artículo 20 CE son esenciales en un sistema democrático, aunque la determinación de su contenido esencial y de sus límites no es tarea sencilla. En los últimos tiempos se han constatado nuevos frentes que exceden de la delimitación de su alcance tradicional y que tienen que ver con la oscilante praxis judicial y de la policía de seguridad en materia de delitos de enaltecimiento del terrorismo, odio o injurias a la Corona, que ha comprometido la libertad de expresión, especialmente la ejercida a través de las redes sociales. También recientemente, el ejercicio del derecho de manifestación y reunión, incluso ante las sedes parlamentarias o en su modalidad a domicilio (escraches), así como la exhibición de símbolos políticos en el espacio público e institucional, ha concitado un enconado debate en el que ha terciado la jurisdicción constitucional, ordinaria y europea, así como las administraciones y la policía de seguridad, en que se dirime la prevalencia del derecho a un espacio público neutral, exento de injerencias políticas, o el derecho a un espacio legítimamente politizado en consonancia con la naturaleza propia de toda sociedad pluralista.
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