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Honradez, probidad, rectitud, lealtad, diligencia y veracidad. Estos son los calificativos que el nuevo Código Deontológico de la Abogacía Española de 2019 exige a la actuación profesional de los abogados, sobre los que, a su vez, hace descansar la dignidad de la profesión.
Pero la deontología, como rama de ética que establece los deberes relacionados con el ejercicio de la profesión, no solo afecta al abogado, sino que trasciende a su figura. La existencia de normas deontológicas no se entiende sin referencia real al grupo social organizado en el que se dictan, aplican y exigen, los Colegios de Abogados, que ejercen la función de ordenación interna de la profesión.
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