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DERECHO POLÍTICO Y CONSTITUCIONAL
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Constitución y segregación escolar en los Estados Unidos. Un estudio del principio de igualdad Novedad
Constitución y segregación escolar en los Estados Unidos. Un estudio del principio de igualdad
 
Autor: Laura Hernández Llinás
Editorial: Aranzadi
Soporte: Libro
Fecha publicación: 29/09/2023
Edición: 
ISBN: 9788411638463
262 páginas
Sin Stock. Envío en 7/10 días

Precio original:    41,05 €
Precio final por compra On-Line:     39,00 €   (I.V.A. incluido)

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Colección: Estudios

La segregación racial es una de las instituciones más criticadas del pasado estadounidense y resulta irreconciliable con los valores de las democracias liberales contemporáneas. De acuerdo con CHARLES L. BLACK, el mayor perjuicio provocado por la segregación que durante tanto tiempo singularizó al país norteamericano fue la omnipresencia de su perversa fuerza simbólica. En la educación, el transporte, los parques y otros muchos espacios públicos la segregación transmitía un mismo mensaje: que la sociedad política en la que vivían los afroamericanos juzgaba y declaraba oficialmente que su cercanía era contaminante; que los consideraba inadecuados para asociarse con los demás ciudadanos (1) . La validación nacional de la segregación mediante la aquiescencia del Derecho y de los jueces y tribunales americanos a esta práctica implicaba además que la nación declaraba el juicio (de inferioridad de las personas de raza negra) permisible, conforme a los valores de equidad y justicia que (dirigían) su forma de gobierno (2) . Este segundo mensaje desapareció el 17 de mayo de 1954, con la publicación de la sentencia que resolvió el caso Brown v. Board of Education of Topeka (3) . Este pronunciamiento vació de autoridad moral y jurídica a la institución que durante décadas había impedido el desarrollo pleno de la ciudadanía los afroamericanos (4) .

Sin duda, el caso Brown marcó un antes y un después en la historia norteamericana. Su importancia simbólica ha sido comparada con la de la Proclamación de Emancipación del Presidente Abraham Lincoln (5) , que ordenó la libertad de millones de esclavos en los estados confederados en 1863. La magnitud del cambio que supuso para el sistema social y político estadounidense es tal que el historiador RICHARD KLUGER considera que esta decisión representa una nueva consagración de los valores americanos (6) . Fue la primera decisión tomada por la Corte Suprema bajo la presidencia del magistrado Earl Warren, nombrado por el Presidente Eisenhower. Como es conocido, la llegada de Warren al alto tribunal abrió un nuevo ciclo para la justicia constitucional norteamericana caracterizado por la protección de los derechos individuales (7) . La opinión mayoritaria de quienes han estudiado en profundidad este periodo es que la Corte reescribió gran parte del corpus de Derecho Constitucional estadounidense. Las libertades de expresión, prensa y religión, la protección de los derechos de las minorías y de los acusados penalmente, así como la salvaguarda de los derechos de las personas bajo sospecha del poder público adquirieron un protagonismo inédito en su jurisprudencia (8) . Uno de los ámbitos en los que la Corte Warren produjo mayores avances con respecto a su doctrina anterior fue la igualdad racial, siendo sus decisiones un catalizador del movimiento por los derechos civiles y un impulso para la actividad legislativa en la lucha contra la discriminación (9) .

Brown no solamente constituyó un ataque desde el Derecho Constitucional contra uno de los pilares fundamentales del sistema de opresión racial vigente en el país norteamericano (10) , sino que además tuvo un profundo impacto en la visión americana sobre el papel del Derecho y los tribunales en la promoción de la justicia social (11) , y supuso un punto de inflexión en la interpretación de la cláusula de igual protección por parte de la Corte Suprema (12) . A día de hoy es, probablemente, el pronunciamiento más respetado y celebrado de la jurisprudencia de la Corte Suprema (13) . Sin embargo, como se verá a lo largo de esta obra, el consenso que despierta su corrección esconde importantes desacuerdos sobre su verdadero significado. La correcta interpretación del principio de igualdad recogido en la cláusula de igual protección de la Decimocuarta Enmienda no es hoy una cuestión mucho más pacífica que en 1954.

La interpretación y aplicación del principio de igualdad constitucional es un problema central en cualquier sistema jurídico. Desde los años noventa, es habitual que el debate del constitucionalismo estadounidense sobre esta cuestión se describa como un enfrentamiento entre dos grandes modelos interpretativos de la cláusula de igual protección: la corriente anti-clasificación y la corriente anti-subordinación (14) . La primera de ellas entiende el principio de igualdad como una exigencia de racionalidad de la diferencia normativa que proscribe las clasificaciones basadas en criterios arbitrarios como la raza. Esta corriente ha dominado la jurisprudencia de la Corte Suprema en las últimas décadas. En su virtud, se impone un estándar de revisión de constitucionalidad muy exigente a cualquier clasificación racial, con independencia de sus fines o sus efectos (el conocido como test de escrutinio estricto). Los defensores de la corriente anti-clasificación consideran que ésta permite una aplicación judicial imparcial, neutral y objetiva del derecho de todo individuo a no ser discriminado. Por el contrario, los seguidores de la corriente anti-subordinación denuncian que su aplicación, en algunos casos, puede contribuir a la consolidación de un statu quo discriminatorio. El origen de esta corriente suele asociarse al trabajo de OWEN FISS (15) . En los años setenta, este autor propuso interpretar el principio de igualdad constitucional como un mandato de protección asimétrico en favor de determinados grupos que históricamente han sido objeto de discriminación y ocupan hoy una posición de subordinación respecto a otros. A diferencia de la corriente anti-clasificación, la corriente anti-subordinación reserva el escrutinio estricto para aquellas decisiones que obedecen a un prejuicio racial o perjudican a minorías raciales; no somete toda clasificación racial a este estándar de revisión. Además, a la hora de identificar conductas contrarias a la Constitución, quienes suscriben las tesis de esta corriente generalmente otorgan una mayor importancia a los efectos discriminatorios de una práctica o una decisión que a la existencia de una eventual intención discriminatoria por parte de sus responsables.

En muchos casos, las diferentes interpretaciones de la igualdad propuestas por las corrientes anti-clasificación y anti-subordinación conducen a soluciones distintas para los problemas constitucionales que los jueces y tribunales están llamados a resolver. Así, por ejemplo, desde los postulados de la corriente anti-subordinación resulta más sencillo justificar la constitucionalidad de todas aquellas medidas que emplean un criterio racial con el objetivo de superar la situación de desigualdad material experimentada por las minorías raciales, comúnmente conocidas en el Derecho norteamericano como affirmative action. Sin embargo, paradójicamente, a menudo los defensores de ambas corrientes se presentan a sí mismos como los auténticos herederos de un mismo precedente –el caso Brown v. Board of Education of Topeka (1954)– y de una misma tradición jurisprudencial –el legado de la Corte Warren–. Una de las más claras muestras del enfrentamiento entre unos y otros es el último caso sobre desegregación escolar resuelto por la Corte Suprema, el caso PICS v. Seattle (2007), en el que dos bloques de magistrados se acusaron mutuamente de traicionar la promesa de igualdad del caso Brown y el espíritu que inspiró el movimiento por los derechos civiles (16) . El objetivo de esta obra es acercar al lector este cautivador debate, desde el convencimiento de que conocer cuál fue el papel desempeñado por la Corte Suprema en el proceso de desegregación escolar resulta imprescindible para comprender en profundidad los debates más actuales sobre el principio de igualdad.
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