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Las consecuencias jurídicas derivadas de un delito o falta no se agotan en las penas y/o las medidas de seguridad, sino que, en su caso, pueden también comprender un cortejo de sanciones civiles de carácter reparador: la responsabilidad civil derivada del ilícito penal, sobre la cual, la doctrina y la jurisprudencia mantienen que, pese a regularse en el Código Penal, tiene naturaleza civil. Pero además, también las costas procesales son otra consecuencia del delito o falta, que pretende dar respuesta jurídica a parte de los costes económicos del proceso penal. Finalmente, y como novedad, bajo la denominación de "consecuencias accesorias", se contempla otra categoría de consecuencias jurídicas del ilícito penal, que además del comiso, comprende también las del art. 129, dirigidas fundamentalmente a las personas jurídicas. Se cierra esta obra con el estudio de la extinción de la responsabilidad criminal y de la cancelación de los antecedentes delictivos, institución estrechamente ligada a los efectos de la resp
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