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Los Juzgados de Paz, como órganos integrantes del Poder Judicial, constituyen el primer escalón de la organización jurisdiccional española, y como tal existe un Juzgado de Paz en todos aquellos municipios en los que no hay Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (art. 99 LOPJ); de este modo, existen en España aproximadamente 7.500 municipios que tienen Juzgado de Paz. Se trata de órganos judiciales que se caracterizan por la no exigencia de jueces de carrera para su desempeño, de modo que se atribuyen a Jueces legos, pero, en todo caso, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley (art. 117.3 CE). Con la Justicia de Paz se busca, por tanto, dar respuesta a la pretensión de acercar la Justicia al ciudadano. La presente obra afronta el estudio y exposición de la actualidad de la Justicia de Paz, bajo el método de "pregunta-respuesta"; abordando, de este modo, el estudio de los orígenes, evolución, organización, confi
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