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Hace casi dos décadas, el Informe Olivencia, y su correspondiente «código de buen gobierno», inició la reforma de los órganos de administración de nuestras sociedades cotizadas. Los avances en la materia han sido, contra el pronóstico de muchos, constantes y decisivos desde entonces para los mercados, debido no solo a la coyuntura de un entorno económico y político proclive al cambio de estructuras sociales y normativas, sino además al cambio cultural en nuestras empresas. La preocupación por el tema rebasa la llamada agenda jurídica ministerial o parlamentaria, e incluso el ámbito de las estrategias de poder de las grandes corporaciones, para trascender al centro del debate político y social, no solo en España, sino en toda la Unión Europea y Estados Unidos. Está en juego no es solo el modo de entender la empresa por sus socios y gestores, sino la estructura de las relaciones entre empresa y sociedad, de conformidad con una cierta orientación hacia el pujante modelo llamado de empresa socialmente responsable. El Gobierno de la Nación encargó el pasado octubre a un grupo de expertos, previo Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2013, mejorar el gobierno de nuestras sociedades proponiendo las reformas societarias y del mercado de valores más adecuadas a los estándares globales, pero también al estado actual de desarrollo de los modelos nacionales de buen gobierno corporativo, en el contexto de la experiencia acumulada desde la implantación de los criterios y recomendaciones propuestos en el Código Unificado de Buen Gobierno (2006). La práctica totalidad de las recomendaciones y criterios de los expertos gubernamentales se ha incorporado al Proyecto de ley de reforma de la Ley de Sociedades de Capital de 23 de mayo de 2014, y de ahí el interés de estos primeros comentarios breves sobre el régimen de la junta general, fruto de un seminario de investigación de la Cátedra Garrigues - Comillas de Modernización del Derecho de Sociedades. En los diversos trabajos que ahora se publican, los propios protagonistas de la reforma, y varios vocales permanentes de la Comisión General de Codificación, explican su sentido y sus contenidos, que se incorporarán además al futuro Código Mercantil, y cuyo tenor se ha trasladado solo transitoriamente al Anteproyecto y luego al Proyecto de reforma de la Ley de Sociedades de Capital, en las diversas materias que se acotan en la obra: derechos políticos de los accionistas, deberes de lealtad, y modificación de los diversos aspectos del régimen de la junta (competencias, impugnación, régimen de asistencia, voto y representación, entre los más significativos). Acompaña a los comentarios doctrinales una útil referencia en apéndices a las propias modificaciones legislativas proyectadas sobre dicho régimen.
PRESENTACIÓN . . 15
LA CUARTA REFORMA DEL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ESPAÑOL: ANTECEDENTES Y CONSECUENCIAS PARA EL RÉGIMEN DE LA JUNTA GENERAL . . . . . 21
JAVIER IBÁÑEZ JIMÉNEZ
I. La preocupación en España por el buen gobierno de las sociedades: resumen de un itinerario . . 21
II. Examen de la situación presente en el contexto de las próximas reformas normativas . . 30
III. El papel de la reforma de la junta general en el desenvolvimiento de la reforma del gobierno corporativo: aspectos centrales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
SENTIDO DE LA PROPUESTA DE REFORMA EN EL ESTUDIO DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS EN MATERIA DE GOBIERNO CORPORATIVO . . . . . . . . 45
FERNANDO VIVES RUIZ
I. Sentido de la propuesta. Consideraciones generales . 45
COMENTARIOS A LA REFORMA DEL RÉGIMEN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS...
1. Aspectos objetivos del encargo de la Comisión de Expertos . . . . 45
2. El ámbito subjetivo de la propuesta . . . . . . . . . . . . . . . . 46
3. Los aspectos procedimentales de la propuesta de la Comisión . . 46
4. Los precedentes internacionales más relevantes en esta materia:
Los desarrollos de la OCDE y de la Unión Europea . . . . . . . 47
5. La situación en el derecho español . . . . . . . . . . . . . . . . 48
6. Referencia a la situación de buen gobierno en las empresas cotizadas
españolas y su valoración por la Comisión de Expertos . . . 49
7. Referencia valorativa al desarrollo de los trabajos de la Comisión
de Expertos y su consideración de la realidad europea . . . . . . 51
II. Comentario general de algunos de los principales contenidos
de la propuesta de la Comisión de Expertos y del derecho
proyectado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
1. Medidas de mejora de la protección del inversor y de fomento de
la participación de los accionistas . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
2. Regulación del estatuto del administrador . . . . . . . . . . . . 57
3. Remuneración de los administradores . . . . . . . . . . . . . . 58
4. Organización del consejo de administración y sus comisiones . . 60
ALGUNOS CAMBIOS EN LA REGULACIÓN DE LA JUNTA
GENERAL EN EL INFORME DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS
(Y EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE
LA LSC) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
JUAN SÁNCHEZ-CALERO GUILARTE
I. Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
1. La oportunidad de la iniciativa gubernamental . . . . . . . . . . 63
2. Principios y alcance del trabajo de la Comisión . . . . . . . . . . 65
3. Junta y estructura de la propiedad de capital: un apunte necesario
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66
9
ÍNDICE GENERAL
Página
4. Del renacer de la junta general . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67
II. La Convocatoria de la Junta General . . . . . . . . . . . . . . . . 68
1. La satisfacción con el sistema vigente . . . . . . . . . . . . . . . 68
2. Propuesta de acuerdo y deber de información . . . . . . . . . . . 69
III. Asistencia a la Junta General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
1. La justificación de los límites estatutarios al derecho de asistencia
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
2. La revisión del límite máximo que atiende a la posesión de acciones
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
IV. Votaciones en la Junta General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71
1. Votación separada de determinadas propuestas de acuerdo . . . . 71
1.1. Un requisito de transparencia . . . . . . . . . . . . . 71
1.2. El acuerdo referido a un administrador . . . . . . . 73
1.3. Modificaciones estatutarias . . . . . . . . . . . . . . . 73
2. Regulación de los conflictos de intereses y ejercicio del derecho de
voto en la junta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74
2.1. Una propuesta «intermedia» . . . . . . . . . . . . . . 74
2.2. La prohibición del derecho de voto . . . . . . . . . . 75
2.3. La deducción de las acciones o participaciones afectadas
por el conflicto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76
2.4. Reglas especiales para la impugnación de los acuerdos
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76
2.5. Modificaciones estatutarias con eficacia desigual y votación
separada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77
3. Cláusulas limitativas del voto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78
3.1. La propuesta de continuidad . . . . . . . . . . . . . . 78
3.2. A favor de la prohibición de estas cláusulas . . . . . 80
4. Fraccionamiento del voto y voto divergente . . . . . . . . . . . . 81
10
Página
COMENTARIOS A LA REFORMA DEL RÉGIMEN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS...
4.1. La generalización del voto fraccionado . . . . . . . . 81
4.2. Los fundamentos del fraccionamiento del voto . . . 82
4.3. Las entidades intermediarias . . . . . . . . . . . . . . 84
4.4. Fraccionar para divergir . . . . . . . . . . . . . . . . . 85
4.5. Fraccionar con respecto a un acuerdo . . . . . . . . . 87
4.6. El accionista indirecto como delegado del accionista
directo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87
4.7. Los efectos del reconocimiento del voto divergente . 88
V. Adopción de Acuerdos en la Sociedad Anónima . . . . . . . . . 89
1. El cambio de la regla de la mayoría . . . . . . . . . . . . . . . . 89
2. Mayorías reforzadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90
3. Reconocimiento de la autonomía estatutaria . . . . . . . . . . . 90
VI. Derecho de Información de los Accionistas . . . . . . . . . . . . 91
1. El abuso del derecho de información y la limitación de la acción
de impugnación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
2. El plazo de ejercicio del derecho de información en sociedades
cotizadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92
3. La relevancia informativa de la página web . . . . . . . . . . . . 93
ANATOMÍA DEL DEBER DE LEALTAD (REFLEXIONES A PROPÓSITO
DEL ANTEPROYECTO DE REFORMA DE LA LSC) . . . . 95
CÁNDIDO PAZ-ARES
RETORNO A LA IMPUGNACIÓN DE LOS ACUERDOS DE LA
JUNTA DE ACCIONISTAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113
ANTONIO PERDICES HUETOS
11
ÍNDICE GENERAL
Página
I. El abandono aparente de la nulidad y la anulabilidad como
categorías dogmáticas en relación a la invalidez de los acuerdos
sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 113
II. Nulidad y anulabilidad en la evolución de la regulación
positiva de la invalidez de los acuerdos sociales y su régimen de
impugnación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 115
1. El proyecto de ley de sociedades anónimas de 1947 . . . . . . . . 116
2. La ley de sociedades anónimas de 1951 . . . . . . . . . . . . . . 118
3. El texto refundido de 1989, el anteproyecto de sociedades mercantiles
de 2002 y la ley de sociedades de capital de 2010 . . . . . . 120
4. La propuesta de Código Mercantil de 2013 . . . . . . . . . . . . 124
III. El ocaso de la nulidad y la anulabilidad: la propuesta de la
comisión de expertos de octubre de 2013 . . . . . . . . . . . . . . 127
IV. Conclusión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 132
DERECHOS DE ASISTENCIA Y REPRESENTACIÓN EN JUNTA:
LA REFORMA ESPAÑOLA EN EL CONTEXTO DE LAS
CORRIENTES GLOBALES DE PROXY VOTING LAW . . . . . . 133
JAVIER IBÁÑEZ JIMÉNEZ
I. Preliminar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133
II. Aspectos relativos a la regulación del ejercicio de los derechos
políticos de asistencia y delegación de voto en la redacción de
la Ley de Sociedades de Capital prevista por la comisión de
expertos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 134
1. Legitimación para el ejercicio de los derechos de asistencia y voto
por la minoría . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 134
2. Ejercicio del derecho de asistencia a la junta general de accionistas
y debate electrónico o a distancia . . . . . . . . . . . . . . . . . 135
3. La minoría y el ejercicio a distancia del derecho de representación
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 136
12
Página
COMENTARIOS A LA REFORMA DEL RÉGIMEN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS...
4. Consideraciones sobre la limitación estatutaria para el ejercicio
del derecho de voto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137
5. Referencia a la información del socio delegante o representado y
a la formalización de su voluntad de voto en los proxy statements
o documentos de delegación . . . . . . . . . . . . . . . . 138
6. Referencia a las soluciones propuestas para la prevención del
impacto adverso al interés social engendrado por conflictos de
intereses entre representantes y representados . . . . . . . . . . 140
7. Otras cuestiones relacionadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142
III. Nuevas corrientes globales en materia de voto delegado y sus
conexiones con el derecho de sociedades español y la reforma
que viene . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144
1. Papel de la teoría de las relaciones con inversores . . . . . . . . 144
2. El activismo accionarial en el régimen de solicitud de representación,
reducción de conflictos de interés y ejercicio del derecho
de información; papel de los proxy advisors, solicitors y del
servicio institucional –stewardship– . . . . . . . . . . . . . . 146
LAS COMPETENCIAS DE LA JUNTA GENERAL . . . . . . . . . 151
GUILLERMO J. JIMÉNEZ SÁNCHEZ
JAVIER IBÁÑEZ JIMÉNEZ
I. Consideraciones sobre el origen de las competencias de la junta
general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 151
II. Estructura y ampliación de las competencias de la junta general
en el trabajo de la comisión de expertos de 14 de octubre de 2013
y en el proyecto de reforma de buen gobierno de las sociedades
de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 156
1. Una primera aproximación: el refuerzo de las competencias de la
Junta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 156
2. Las competencias que asume la Junta en la Propuesta de los
Expertos y en la reforma de la Ley de Sociedades de Capital: bases
13
ÍNDICE GENERAL
Página
para una redefinición del papel supervisor de los socios sobre los
Administradores sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 158
III. Una reflexión sobre la reforma en relación con la competencia
de la junta respecto de la determinación de las retribuciones de
los administradores de las sociedades de capital . . . . . . . . . 161
EJERCICIO A DISTANCIA EN LAS JUNTAS DE LOS DERECHOS
DE ASISTENCIA Y VOTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165
ANDRÉS RECALDE CASTELLS
I. Delimitación de la materia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165
II. Sentido y fin (político-jurídico) de la introducción de las
Tecnologías de la Información y Comunicación en las
sociedades y, en particular, en las sociedades anónimas
cotizadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 166
III. Ámbito de aplicación de las normas legales: sociedades
anónimas y sociedades de responsabilidad limitada . . . . . . . 169
IV. El régimen de la participación (asistencia y voto) a distancia en
las sociedades anónimas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 170
V. El uso de las nuevas tecnologías por las sociedades cotizadas
españolas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 173
VI. Conclusión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 176
LA IGUALDAD DE TRATO EN EL RÉGIMEN DE LA JUNTA
GENERAL DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA –REFLEXIÓN BREVE
A LA LUZ DE LA REFORMA DE LAS SOCIEDADES DE
CAPITAL DE 2014– . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177
RAFAEL ILLESCAS ORTIZ
I. Aproximación al tema: el debate sobre el modelo de la sociedad
anónima en Europa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177
14
Página
COMENTARIOS A LA REFORMA DEL RÉGIMEN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS...
II. Un apunte sobre la igualdad de trato en el régimen de la
sociedad anónima española . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 178
III. Comentario breve sobre las restricciones estatutarias al ejercicio
de los derechos políticos de asistencia, representación y voto en
la junta de las sociedades anónimas . . . . . . . . . . . . . . . . . 179
IV. Referencia a los inversores institucionales en relación con el
desenvolvimiento práctico del principio de igualdad en las
sociedades anónimas cotizadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 180
Anexos
ANEXO I
ESTUDIO SOBRE PROPUESTAS DE MODIFICACIONES NORMATIVAS
COMISIÓN DE EXPERTOS EN MATERIA DE GOBIERNO
CORPORATIVO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185
ANEXO II
PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY DE
SOCIEDADES DE CAPITAL PARA LA MEJORA DEL GOBIERNO
CORPORATIVO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 229
26,31 €
24,99 €
Sebastián Quetglas, Rafael
La Ley. 2024
189,28 €
179,82 €
39,52 €
37,54 €
Mª Teresa Otero Cobos (Coordinadoras); Patricia Márquez Lobillo ; María Belén González Fernández (Directora)
Tirant lo Blanch. 2024
219,00 €
208,05 €
57,90 €
55,00 €