Con la entrada en vigor de la Constitución se inició un profundo proceso de cambios orientados, entre otros numerosos objetivos, a reformar la legislación penal de la dictadura franquista. Una atención especial en esta dirección recibió el trazado de los limites materiales entre la legislación penal común y la militar, con el propósito de poner fin a la aplicación expansiva y autoritaria de esta última. Si bien ello tendría que haber implicado la eliminación de los casos de doble incriminación en la normativa común y en la castrense de determinadas conductas como, por ejemplo, la rebelión, lo cierto es que no sucedió así.
En este trabajo se analiza, precisamente, el caso del delito de rebelión prestando especial atención a esta doble incriminación a través del estudio del bien jurídico y las conductas típicas, y se concluye que no habría razones válidas ni de dogmática penal, ni de ningún otro tipo que permitan unificar que dicho delito perviva en la legislación militar. Esta monografía sienta algunas bases para, al mismo tiempo, preguntarse sobre la necesidad actual de que a legislación militar castigue ciertas conductas y no lo haga la ley penal común.
PRÓLOGO 15
Agradecimientos 19
Abreviaturas utilizadas 21
Introducción 25
Capítulo I
El modelo histórico de doble incriminación del delito de rebelión
1. Introducción 29
2. ENTRE EL ABSOLUTISMO Y EL LIBERALISMO (1820-1868): EL NACIMIENTO DE LA «REBELIÓN COMÚN» Y LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL «ESTADO DE SITIO» 30
3. EL SEXENIO DEMOCRÁTICO (1868-1874): EL NACIMIENTO DE LA «REBELIÓN MILITAR» Y DE LOS «DELITOS CONTRA LA FORMA DE GOBIERNO» 39
4. LA RESTAURACIÓN BORBÓNICA (1874-1931): EL INICIO DE LA CODIFICACIÓN PENAL MILITAR 45
5. La II República (1931-1936): la reforma militar y la política de orden público 55
6. LA GUERRA CIVIL (1936-1939): LA EXPANSIÓN DE LA «REBELIÓN MILITAR» 66
7. El franquismo (1939-1975): consolidación de la expansión de la «rebelión militar» 68
8. La Transmisión democrática (1975-1982): la constitución de 1978 y la reforma de la legislación franquista 77
9. La etapa democrática (1982-): el nacimiento de la dualidad «rebelión en tiempo de guerra» y «rebelión en tiempo de paz» 100
CAPÍTULO II
El bien jurídico protegido a través de la doble incriminación de la rebelión
1. Introducción 119
2. Las posturas doctrinales sobre el bien jurídico protegido en la legislación histórica 119
2.1. La «seguridad interior del Estado» 120
2.1.1. Consideraciones previas: el tránsito de la «lesa majestad» a la «seguridad interior del Estado» 121
2.1.2. El concepto de «seguridad interior del Estado» en la legislación común 126
2.1.3. El concepto de «seguridad interior del Estado» en la legislación militar 134
2.1.4. Críticas a la «seguridad interior del Estado» como objeto protegido en el delito de rebelión 137
2.1.5. Postura personal 141
2.2. El «orden público» en sentido amplio 147
2.2.1. El concepto de «orden público» en la legislación común 148
2.2.2. El concepto de «orden público» en la legislación penal militar y las Leyes de Orden público 162
2.2.3. Postura personal 167
3. LAS POSTURAS DOCTRINALES SOBRE EL BIEN JURÍDICO TUTELADO EN LOS ARTS. 472 Cp Y 79 Cpm 171
3.1. Introducción 171
3.2. Las tesis de la «organización democrática del Estado» y las «bases del sistema constitucional», con especial referencia al «orden público» y a la «paz pública» 175
3.2.1. Introducción 175
3.2.2. El «orden público» en sentido restringido 178
A. Definición y fundamento 181
b. El «orden público» y su relación con la «seguridad ciudadana» y la «seguridad pública» 190
3.2.3. La «paz pública» 199
3.2.4. Postura personal 219
3.3. La tesis del «ordenamiento constitucional democrático», con especial referencia al «estado de sitio» 221
3.3.1. Introducción 221
3.3.2. La regulación del «estado de sitio» en el Estado democrático de Derecho 222
3.3.3. Postura personal 227
3.4. Postura personal: la interpretación del interés protegido y los «fines» que ha de perseguir la rebelión 234
3.4.1. Introducción 234
3.4.2. Los «fines» de la rebelión en el art. 472 Cp 243
3.4.3. Los «fines» de la rebelión en el art. 79 Cpm 287
a. Los «fines» que están redactados de forma idéntica a los previstos en el 472 Cp 287
b. Los «fines» que presentan diferencias de forma en relación con los descritos en el art. 472 Cp 288
CAPÍTULO III
Las conductas típicas en el delito de rebelión
1. Introducción 299
2. Las conductas incriminadas en las legislaciones militar y común 299
2.1. La rebelión «con alzamiento» (arts. 79 Cpm y 472 Cp) 299
2.1.1. El tipo básico 299
a. La conducta típica. El «alzamiento» que persigue determinados «fines» 299
a.1. El «alzamiento» rebelde 300
a.1.1. Interpretación del término «alzarse». Diferencias entre el «alzamiento» rebelde y el sedicioso 300
a.1.2. Caracteres del «alzamiento» en la rebelión 320
a.2. Los «fines» que ha de perseguir la rebelión (remisión) 353
b. Naturaleza jurídica 354
2.1.2. El tipo atenuado (arts. 82.2 Cpm y 480.2 Cp, párrafo primero) 421
2.2. Los actos preparatorios típicos 428
2.2.1. Cuestiones previas 428
2.2.2. La seducción de fuerza armada para rebelarse (arts. 80.2 Cpm y 475 Cp) 441
2.3. Los tipos especiales de omisión propia 447
2.3.1. Omisión del deber de contener la rebelión (arts. 83 Cpm, párrafo primero, y 476.1 Cp) 448
2.3.2. Omisión del deber de denunciar la rebelión (art. 83 Cpm, párrafo segundo, y 476.2 Cp) 451
3. Las conductas incriminadas en la legislación militar 455
3.1. La rebelión «sin alzamiento» (art. 80.1 Cpm) 455
3.1.1. Introducción 455
3.1.2. La conducta típica: la consecución de determinados «fines» mediante astucia o cualquier otro medio 459
3.1.3. Críticas 462
3.2. El atentado contra la «integridad de la Nación española» (art. 80.3 Cpm) 464
3.2.1. Introducción 464
3.2.2. La conducta típica: el atentado contra la «integridad de la Nación española» en forma diversa al delito de traición 465
3.2.3. Críticas 472
4. Las conductas incriminadas en la legislación común 473
4.1. El tipo atenuado (art. 480.2 Cp, párrafo segundo) 474
4.2. Los tipos agravados 476
4.2.1. Trabar combate con las fuerzas constitucionales, producir estragos y exigir contribuciones o distraer caudales públicos (art. 473.2 Cp) 476
4.2.2. La condición de autoridad (art. 478 Cp) 479
4.3. Tipos especiales de omisión propia 481
4.3.1. Omisión del deber de resistir la rebelión por parte de las autoridades (art. 482 Cp) 481
4.3.2. Omisión del deber de permanecer en un cargo de funcionario público frente al peligro de una rebelión (art. 483 Cp, segunda parte) 483
4.4. Continuar desempeñando un cargo de funcionario público bajo el mando de los rebeldes (art. 483 Cp, primera parte) 485
4.5. Aceptar empleo de los rebeldes (art. 484 Cp) 485
5. La expresión «tiempo de guerra» 486
Bibliografía 495