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Especial atención al nuevo Reglamento VERI*FACTU que nace de la nueva legislación antifraude para el diseño de los programas de facturación y el contenido y suministro de los datos a la Administración tributaria.
Se estudia tanto el contenido como los tipos de factura regulados por la normativa, así como los requisitos de la factura electrónica. Se examina en profundidad el Suministro Inmediato de Información (SII).
Incluye un capítulo con preguntas y respuestas mediante las cuales la Administración Tributaria ofrece los criterios de aplicación práctica de la nueva regulación.
PRESENTACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
OBLIGACIONES FORMALES DEL IVA. LA OBLIGACIÓN DE FACTURACIÓN. LA FACTURA ELECTRÓNICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
OBLIGACIONES FORMALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Obligaciones censales (art. 164 LIVA y Capítulo I Título II RPGIT) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Censos y Registros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
Declaraciones censales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
Introducción y normativa aplicable . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
Obligación de emitir factura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46
Contenido de las facturas y de las facturas simplificadas. . . 52
Lengua y moneda de las facturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61
Facturas recapitulativas, duplicados y facturas rectificativas 61
Plazos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65
Obligaciones conexas: registro, remisión y conservación . . 67
Recibos del Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69
FACTURACIÓN ELECTRÓNICA (ART. 164.DOS LIVA, RD 1619/2012 Y ORDEN EHA/962/2007) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70
OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES (ARTS. 164 LIVA; 62 A 70 RIVA) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79
Llevanza de los libros registro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79
Libros registro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86
Libro registro de facturas expedidas (art. 63 RIVA) . . . . . . . 88
Libro registro de facturas recibidas (art. 64 RIVA) . . . . . . . . 89
Libro registro de bienes de inversión (art. 65 RIVA) . . . . . . 91
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias (art. 66 RIVA). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92
Contenido de los registros de facturación en el Sistema SII
(arts. 63.3, 64.4, 65.6 y 66.3 RIVA y Orden HFP/417/2017) 94
Libro registro de facturas expedidas (artículo 63
del RIVA 1992) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95
Libro registro de facturas recibidas (art. 64 del RIVA 1992) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97
Contenido común con los sujetos no incluidos en el SII . . . . . . . . . . . . . . . . 97
Contenido adicional previsto en el RIVA para los sujetos pasivos acogidos al SII (art. 64.4 del RIVA 1992) . . . . . . . . 97
Otra información con trascendencia tributaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99
Libro registro de bienes de inversión (artículo 65
del RIVA 1992) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias (artículo 66 del RIVA 1992) . . . 101
OBLIGACIONES DE LOS INTERFACES DIGITALES Y DE LOS PROVEEDORES DE LOS SERVICIOS DE PAGO (ARTS. 166 BIS A 166 QUINQUIES LIVA) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 116
OBLIGACIONES ESTADÍSTICAS (REGLAMENTO 2019/2152 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 122
PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y OTRAS OBLIGACIONES
(ART. 164 LIVA) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 126
Presentar periódicamente, o a requerimiento de la Administración, información relativa a sus operaciones económicas con terceras personas, así como presentar, en su caso, las declaraciones recapitulativas (modelo 349) . . . . . . . 126
Presentar las declaraciones-liquidaciones correspondientes e ingresar el importe del impuesto resultante . . . . . . . . . . . 127
Nombrar un representante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128
LEY ANTIFRAUDE Y VERI*FACTU 2025 . . . . . . . . . . . 129
LEY ANTIFRAUDE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 131
Novedades de la Ley antifraude en materia de facturación . 131
¿A quién afecta la Ley Antifraude? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 131
Principales medidas a aplicar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 132
Sanciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 132
Preguntas frecuentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 132
LEY CREA Y CRECE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133
Novedades de la Ley Crea y Crece en materia de facturación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133
Sanciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 134
Plazos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 134
Forma. Sistema Español de Facturación Electrónica . . . . . . 135
Control de la morosidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135
Preguntas frecuentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 136
RELACIÓN DE LA LEY ANTIFRAUDE CON LA LEY CREA Y CRECE. 137
VERI*FACTU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 138
¿Qué es el sistema VERI*FACTU? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 138
Características del sistema VERI*FACTU . . . . . . . . . . . . . . 138
¿A quién afecta VERI*FACTU? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139
¿A qué sistemas informáticos se aplica el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139
¿Cuándo entra en vigor VERI*FACTU? . . . . . . . . . . . . . . . . 140
¿Cómo se identifican las facturas VERI*FACTU?. . . . . . . . . 141
Ventajas de poner en marcha el sistema VERI*FACTU . . . . 141
Herramienta de asistencia virtual: Informador VERI*FACTU 142
Preguntas frecuentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 143
IMPACTO EN EL SOFTWARE DE FACTURACIÓN Y CONTABILIDAD. SOFTWARE ADAPTADO A VERI*FACTU . . . . . . . . . . . . . . . 145
Objetivos de la implantación de los nuevos requisitos . . . . 145
Diez claves de los sistemas informáticos de facturación (SIF) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146
Requisitos mínimos de los sistemas de remisión de información a la AEAT . . . . . . . . . . . . . . . . . 146
Características garantizadas por los sistemas informáticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146
Generación y contenido de los registros de facturación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147
Declaración responsable . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147
Especificaciones técnicas. . . . . . . . . . . . . . . . . . 147
Inicio y renuncia de la remisión voluntaria . . . . 148
Respuesta a un requerimiento . . . . . . . . . . . . . . 148
Aplicación informática de la AEAT . . . . . . . . . . 148
Código «QR» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148
Factura electrónica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 149
Preguntas frecuentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 149
PREGUNTAS FRECUENTES EN RELACIÓN A LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN Y VERI*FACTU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 155
CUESTIONES GENERALES: OBJETO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 157
¿Qué es VERI*FACTU (o el Reglamento VERI*FACTU y el Real Decreto 1007/2023 de VERI*FACTU)? . . . . . . . . . . . . 157
¿Por qué se ha aprobado el Reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . . 158
¿Qué ventajas ofrece el Reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación y para quiénes?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 159
¿Qué obligaciones establece la «ley tributaria» en relación con cierto tipo de sistemas o programas informáticos o electrónicos utilizados por empresarios y profesionales en el desempeño de sus actividades económicas?. . . . . . . . . . 160
¿Qué sanciones contempla la «ley tributaria» en relación con ciertos sistemas o programas informáticos o electrónicos que no cumplan con los requisitos exigidos? . . . . . . . . 160
¿A qué sistemas informáticos se les aplica el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 161
CUESTIONES GENERALES: CONCEPTOS Y DEFINICIONES . . . . . . 161
¿A qué documentos mercantiles afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, y de qué manera? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 161
¿Qué características añade a la factura y a la factura simplificada el Real Decreto 1007/2023, que aprueba el Reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 162
¿Se puede implementar un sistema de «Pre-Facturación» (facturas proforma) o Borrador antes de expedir —y registrar— una factura? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 162
¿Qué se considera sistema informático de información?. . . 163
CUESTIONES GENERALES: ÁMBITOS DE APLICACIÓN . . . . . . . . . 164
¿A quién afecta el reglamento que establece los requisitos
de los sistemas informáticos de información? . . . . . . . . . . . 164
¿Cuándo será de obligado cumplimiento el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de información? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 166
Pertenezco a un colectivo que, en principio, no está obligado a expedir facturas: ¿Me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 166
Un empresario que tributa a las Haciendas Forales Vascas, ¿qué normativa debe cumplir en relación con sus sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 167
¿Es aplicable el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación en la Comunidad Foral de Navarra?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 168
Soy una persona física que me dedico a alquilar viviendas y locales de negocio: ¿Debo adaptar mi sistema informático de facturación al reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . 169
¿Qué diferencia hay entre el SII (Suministro Inmediato de Información) y el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? ¿El sistema informático de una empresa incluida en el SII debe cumplir los requisitos del reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . 169
¿Puede un obligado tributario optar voluntariamente al SII y no aplicar las obligaciones del reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . 170
Estoy acogido al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA: ¿Me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 171
Solo realizo operaciones en régimen de recargo de equivalencia en el IVA: ¿Me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . 171
Solo realizo operaciones en régimen simplificado del IVA: ¿me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . 172
Si estoy acogido a los regímenes especiales de la agricultura, ganadería y pesca, simplificado y de recargo de equivalencia, por los documentos que expida que no cumplan los requisitos de la factura simplificada, emitidos a través de cajas registradoras y similares no consideradas como SIF, ¿Me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . 173
¿Están afectadas las tiendas online? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 174
Si uso hojas de cálculo (Excel, Numbers, etc.) o procesadores de texto (Word, Apple Pages, etc.): ¿Me afecta el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . 175
En cuanto a los nuevos requisitos en la emisión de facturas completas y simplificadas cuando se utilicen sistemas informáticos de facturación, en el caso de que solo afecte a los obligados del artículo 3.1 del RRSIF ¿Esta obligación entra en vigor en las fechas previstas en la disposición final cuarta del RD 1007/2023? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 176
En el caso de las operaciones exentas de IVA, incluidas en la letra a) del artículo 3.1 del Reglamento de obligaciones de facturación y en el apartado 2 de ese mismo artículo 3, en el supuesto de que conforme a dicho Reglamento no se deba emitir factura ¿El reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación se aplicará a estas operaciones?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177
Un grupo de empresas con el mismo SIF, donde una está en el SII y otra no, ¿la empresa que está acogida al SII debe cumplir el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . . . . . . 178
Un pequeño comerciante de venta al por menor, dispone de una o varias balanzas para el peso y una máquina registradora donde teclea manualmente las ventas que previamente se han pesado en la balanza, finalmente expide un justificante acumulado (que no es factura simplificada) donde se ven las pesadas y los precios por producto. ¿Este
pequeño comerciante está sujeto al RRSIF? . . . . . . . . . . . . 178
Las facturas expedidas por empresarios o profesionales residentes en España a empresarios o profesionales en el extranjero, ¿se encuentran sometidas a las obligaciones que establece el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF), aprobado por el RD 1007/2023? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 179
Las facturas expedidas por empresarios o profesionales NO residentes en España, ¿Se encuentran sometidas a las obligaciones que establece el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF), aprobado por el RD 1007/2023? . . . . . . . . . . . . . . 179
CUESTIONES GENERALES: CUMPLIMIENTO Y DELEGACIÓN . . . . 180
¿Se puede solicitar la no aplicación total o parcial del reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 180
¿Se puede delegar en un tercero el cumplimiento de los requisitos del reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . . . . . . 180
Cuando la factura la expide materialmente el destinatario de la operación «autofactura», ¿Quién genera el registro de facturación de alta para cumplir con el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? ¿Cómo incluyen la factura en sus respectivos libros registros de IVA? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 181
¿Qué alternativas existen para que quien expida facturas y esté afectado por el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación cumpla con él? . . . . . . . . . . . . . . . . 182
Para un pequeño empresario o microempresa, ¿qué soluciones prevé el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación aprobado por el RD 1007/2023, de 5 de diciembre? 183
¿Qué requisitos debe cumplir un sistema informático de facturación (SIF) para considerarse que está adaptado al reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . 183
¿Puede ser utilizado un mismo sistema informático de facturación (SIF) para llevar la facturación de varios obligados
a expedir facturas (OEF)? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 184
Cuando un sistema informático de facturación (SIF) tiene la posibilidad de borrar registros de facturación ya generados, es decir, de eliminarlos. ¿Cumple con el reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185
¿Cuántas facturas está previsto que se puedan enviar por obligado y por año o por mes, con la aplicación de la AEAT? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185
Si una empresa no se acoge a VERI*FACTU (sistema de emisión de facturas verificables), ¿Debe igualmente mantener un sistema que permita la conexión con la AEAT? . . . . 185
¿Para la generación de firma se utilizarán certificados como TicketBAI? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 186
Una empresa tiene dos centros de facturación, uno central y otro en una sede distinta que no están conectados entre sí. ¿Es posible que uno de los sistemas sea un sistema VERI*FACTU y el otro no? . . . 187
¿Qué pasa si el SIF sufre un incidente que pueda provocar pérdida de datos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 187
¿Cómo pueden los desarrolladores asegurar que alguien no pueda eliminar o modificar un archivo correspondiente a esos registros de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 187
Si la modificación del registro de facturación se debe a un error informático (por ejemplo, una corrupción de datos, un fallo en la migración,...), ¿Puede el fabricante de software corregir dicho registro de facturación sin generar un registro adicional? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 188
¿Cómo se debe corregir una factura (registro de facturación) con errores generada en un sistema informático de facturación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 188
¿Está permitido tener un sistema de pre-facturación (o borrador) antes de generar los registros de facturación? . . . . . 189
¿A partir de qué momento se considera que debe haber integridad o inalterabilidad en un registro de facturación?. . . 189
¿Qué datos de un registro de facturación podrían ser modificados sin que afecte a la integridad o inalterabilidad? ¿Podrían modificarse los datos que no formen parte de la huella? .. . . . . . . . . . . . . . . 189
¿Cómo se debe actuar en el caso de pérdida total de registros por un virus o incidente similar? . . . . . . . . . . . . . . . . . 190
CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS DE LOS SIF: TRAZABILIDAD . . 190
¿En qué consiste la trazabilidad exigida a los sistemas informáticos de facturación (SIF) en el reglamento y la orden de «requisitos de los SIF»? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 190
¿A qué nivel se debe realizar la trazabilidad exigida en el reglamento y la orden de «requisitos de los sistemas informáticos de facturación (SIF)»: obligado tributario (OT), tienda, terminal, punto de venta (TPV), …? . . . . . . . . . . . . . . . 191
¿Qué ámbito o alcance tiene la trazabilidad exigida en el reglamento y la orden de «requisitos de los sistemas informáticos de facturación (SIF)»? Por ejemplo, ¿debe mi SIF garantizar la trazabilidad de los registros de facturación (RF) cuándo éstos salen del propio SIF? . . . . . . . . . . . . . . . 191
¿Forman parte de la trazabilidad la fecha y la hora de generación de los registros de facturación (RF) correspondientes a las facturas expedidas? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 192
¿Afecta en algo a la trazabilidad el cambio de año (o ejercicio fiscal) y, asociado a él, el posible cambio en la numeración de las facturas expedidas con el sistema informático de facturación (SIF)? . 192
¿Influyen en algo en la trazabilidad el que se realicen anulaciones o subsanaciones de registros de facturación (RF) correspondientes a facturas expedidas? . . . . . . . . . . . . . . . 193
¿Qué debe realizar el sistema informático de facturación (SIF) si, por cualquier circunstancia, en un momento dado detecta algún error en el encadenamiento de los registros de facturación (RF)? . . 193
¿Tienen las mismas obligaciones en cuanto a trazabilidad los sistemas VERI*FACTU y los sistemas de emisión de facturas no verificables? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 193
¿Es a través de la funcionalidad de exportación de registros de facturación (RF) la única forma que tiene un sistema informático de facturación (SIF) para dejar de conservar dentro de él los RF que ha generado y guardado? . . . . . . . . . . 195
¿Se puede considerar que las copias de seguridad, tanto si se realizan o se gestiona su realización a través del sistema informático de facturación (SIF) o directamente desde la base de datos, son procesos de exportación a los efectos del reglamento y la orden «de requisitos de los SIF»? . . . . . 196
¿Cuál es el plazo al que se refieren el reglamento y la orden «de requisitos de los sistemas informáticos de la información (SIF)» en relación con la conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros de facturación (RF)?. . . . . 197
¿Cuál es el plazo durante el cual deben conservarse las facturas recibidas?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 198
¿Durante cuánto tiempo debe conservarse la factura de compra de un edificio?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 198
¿Qué se entiende por accesibilidad y legibilidad de los registros de facturación (RF) generados por el sistema informático de facturación (SIF) a los efectos del reglamento y la orden «de requisitos de los SIF»?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 198
CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS DE LOS SIF: REGISTRO DE EVENTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199
¿En qué consiste el registro de eventos? . . . . . . . . . . . . . . . 199
¿Por qué es necesario registrar ciertos eventos? ¿Qué utilidad tiene? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199
¿Qué tipos de registro de eventos existen? . . . . . . . . . . . . . 200
En el caso de un sistema informático de facturación (SIF) que gestione la facturación de varios obligados a expedir facturas (OEF), ¿debe haber un único registro común de eventos en el SIF o uno para cada OEF? . . . . . . . . . . . . . . . 201
¿Qué características deben cumplir los registros de evento? 201
¿Deben firmarse los registros de evento? . . . . . . . . . . . . . . 202
¿Por cuánto tiempo tengo que guardar los registros de evento y quién es el responsable de su conservación? . . . . 202
¿Debo remitir a la Agencia Tributaria los registros de evento? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203
REGISTROS DE FACTURACIÓN: ALTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203
El registro de alta de facturación al expedir cada factura ¿puede ser un registro de formato.xml guardando en la base de datos con la estructura que aparece en el «Diseño de
registro de facturación de alta» en el apartado documentación de AEAT actualmente? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203
¿Qué tipos de acciones se van a permitir sobre los registros de facturación?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203
Para facturación emitida en régimen de ventanilla única (OSS) ¿cómo se identificarán estas ventas de ventanilla única (OSS) en el registro de facturación? ¿Cuál es la codificación del régimen a utilizar? . . . . 204
¿Cómo se tratan los suplidos, el recargo financiero u otras cantidades en el esquema de la norma? ¿Cómo incluir las retenciones a cuenta de los impuestos directos practicadas en factura? . .. . 204
¿Cómo se tratan las cantidades correspondientes a descuentos por pronto pago en el esquema de la norma? . . . . 205
¿Debe mantenerse el número de la factura que se anule en la serie de facturas emitidas? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 206
¿Qué es la huella o «hash» de un registro? . . . . . . . . . . . . . 207
¿A qué registros hay que calcular su huella o «hash»? . . . . . 207
La huella o «hash», ¿ha de calcularse sobre todo el registro completo o, si no, qué datos del registro han de tenerse en cuenta para calcularla (y dónde se almacena)? . . . . . . . . . . 207
¿Qué algoritmo de cálculo de huella o «hash» hay que emplear? ¿Hay disponible algún ejemplo? . . . . . . . . . . . . . . . 207
¿Qué papel tiene la huella o «hash» en la seguridad y control de los registros? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 208
¿Debe comprobar un sistema informático de facturación (SIF) las huellas generadas (y cuándo)? ¿Hay diferencias a este respecto entre sistemas VERI*FACTU y sistemas de emisión de facturas no verificables? 208
¿Hay que incluir la huella del registro de facturación (RF), o parte de ella, entre los datos que forman parte del código «QR» tributaria de la factura, como en TicketBAI?. . . . . . . . 208
¿En qué consiste la firma electrónica de los registros que se exige a ciertos sistemas informáticos de facturación (SIF)? . 209
¿Están todos los sistemas informáticos de facturación (SIF) obligados a firmar electrónicamente los registros generados por ellos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 209
¿Por qué los sistemas informáticos de facturación (SIF) VERI*FACTU no están obligados a firmar electrónicamente los registros generados por ellos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 209
¿Pueden los sistemas informáticos de facturación (SIF) VERI*FACTU firmar electrónicamente los registros de facturación (RF) generados por ellos y remitirlos así firmados a la Agencia Tributaria? . . . . 209
¿Qué registros deben firmar los sistemas de emisión de facturas no verificables? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 209
¿Qué tipo de firma electrónica hay que implementar? ¿Hay disponible algún ejemplo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 210
¿Qué papel tiene la firma electrónica en la seguridad y control de los registros? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 210
¿Debe comprobar un sistema informático de facturación (SIF) las firmas generadas (y cuándo)?. . . . . . . . . . . . . . . . . 210
¿Cómo se certifica que un Sistema Informático de Facturación cumple con la normativa que regula estos sistemas?. . 210
¿Debe un producto SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) obtener alguna certificación externa? ¿Debe registrarse el SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) previamente a su comercialización? . . . . 211
¿Quién debe realizar la Certificación de un producto SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación), el productor o el comercializador del mismo?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 211
¿Es obligatorio que todo producto SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) tenga su correspondiente Certificación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 212
¿Debe el productor del SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) certificar cada versión de producto que ponga a disposición de los usuarios? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 212
¿Cómo y dónde debe proporcionarse la Certificación del productor? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 213
¿Debe guardar el productor la certificación de todas las versiones de sus productos SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) que haya puesto a disposición de los usuarios a lo largo del tiempo? ¿Y el comercializador?. . . . . . . . . . . 214
¿Es obligatorio que estén disponibles en el propio SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) las Certificaciones de TODAS las versiones por las que haya pasado el producto? 215
¿Qué datos ha de incluir el productor del SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) obligatoriamente en las Certificaciones? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 215
¿Se puede completar la Certificación añadiendo datos y explicaciones adicionales a los exigidos?. . . . . . . . . . . . . . . . 216
¿Ha de ir firmada electrónicamente la Certificación realizada mediante Declaración Responsable del Productor? . . . . 217
En el caso de que, por parte de otros productores distintos al que ha producido el SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) utilizado, se realicen ampliaciones a dicho SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) utilizado (por ejemplo, con desarrollos a medida para personalizar el producto y adaptarlo más y mejor al usuario), ¿se debe realizar y proporcionar adicionalmente la correspondiente
Certificación de esas ampliaciones? y, en ese caso, ¿quién debe proporcionarla? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 217
Si el Sistema Informático de Facturación utilizado ha experimentado varias ampliaciones distintas, por parte del mismo productor o de productores distintos al que fabricó el
SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) utilizado, ¿cuántos Certificados deben existir? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 218
¿Qué hay que poner en la Certificación respecto de los datos de nombre y código identificador del producto SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) a que se refieren los artículos 15.1.a) y 15.1.b) del Proyecto de OM (Orden Ministerial)? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 219
Soy un productor de SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) y tengo tres productos disponibles a la venta, cuyos nombres son: Factura x Basic, Factu X Standard y Factu X Enterprise. ¿Qué código debe ponerse en la Certificación y cuál en el registro de facturación para cumplir con los artículos 15.1.b) y Anexo I de la OM (Orden Ministerial)?. . . 220
Como productor de SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación), ofrezco un producto SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) que, además de software, también incluye
hardware propio, con su correspondiente versión de firmware. En este caso, ¿qué debo poner en la Certificación en cuanto a la versión completa a que se refiere el artículo 15.c) de la OM (Orden Ministerial)?. . . 220
Soy un productor de un SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) que ha sido diseñado y producido de manera que solo puede funcionar, siempre y exclusivamente, como sistema VERI*FACTU (Sistema/s de emisión de facturas verificables). ¿Qué debo poner en la Certificación en relación con el artículo 15.1.e) de la OM (Orden Ministerial)?. . . . . 221
Soy un productor de un SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) que tiene la capacidad de remitir por medios electrónicos a la Administración tributaria, de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente, todos los registros de facturación generados, tal y como obliga el Reglamento. Sin embargo, dicho SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) puede
ser utilizado sin que esa capacidad se lleve a efecto, es decir, puede usarse sin que se remitan a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) los registros de facturación generados, ya que dicha remisión en principio no es obligatoria y el SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) así lo permite. ¿Qué debo poner en la Certificación en relación con el art. 15.1.e) de la OM (Orden Ministerial)?. . . 222
Soy el productor de una ampliación de un SIF producido por otra empresa, que consiste en la realización de nuevas pantallas con cuadros estadísticos personalizados de la facturación. ¿Qué debo poner en la Certificación en relación con el artículo 15.1.e) de la OM (Orden Ministerial)?. . . . . 222
Soy el productor de una ampliación de un SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) producido por otra empresa, que consiste en la realización de nuevas pantallas con cuadros estadísticos personalizados de la facturación. ¿Qué debo poner en la Certificación en relación con el artículo 15.1.f) de la OM (Orden Ministerial)?. . . . . . . . . . . . . . . . . 223
Como fabricante de software de facturación en la que los datos están gestionados por un sistema gestor de base de datos comercial, ¿debo bloquear el acceso a la base de datos para evitar que el cliente modifique las facturas? Y si se restringe, ¿Cómo podrá gestionar el cliente y hacer copia de la base de datos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 223
¿Hay algún modelo de ejemplo de Certificación mediante declaración responsable publicado?. . . . . . . . . . . . . . . . . . 224
¿Cómo se compondría la Certificación mediante declaración responsable si se usa un sistema de facturación con varios componentes cada uno desarrollado e implementado por una empresa diferente? . 224
Como empresa fabricante de sistemas informáticos de facturación, ¿quién es responsable del cumplimiento del reglamento en el caso de que un cliente no quiera actualizar el sistema de facturación que fue adquirido a nuestra empresa para que cumpla los requisitos del reglamento? . . . . 224
¿Quién es responsable en el caso de que un cliente rompa las medidas de seguridad de un sistema de facturación cuya certificación ha firmado un fabricante, desarrollador o implementador? . .. . 225
¿El productor de un SIF (Sistema/s Informático/s de Facturación) que solo funciona en modalidad VERI*FACTU (Sistema/s de emisión de facturas verificables) está obligado a
aportar la Certificación del software? . . . . . . . . . . . . . . . . . 225
El contenido de la Certificación en la OM (Orden Ministerial) menciona que hay que incluir en la misma los componentes hardware y software de que conste el sistema informático. ¿Hay que certificar el hardware? ¿Cuándo deben incluirse componentes hardware? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 226
Si se usa software de facturación de código abierto ¿quién hace la declaración responsable? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 226
¿Si una empresa tiene software de facturación basado en un desarrollo propio y sólo para uso propio (no se comercializa) ¿Debe disponer también de Certificación? . . . . . . . 226
Si un software de facturación es del tipo «on-premise» en la cual el cliente es dueño de los datos ya que los tiene en sus servidores, ¿debemos limitar el acceso a través de la base de datos al cliente para evitar su modificación? En caso afirmativo, ¿en cualquier caso? ¿Seamos o no VERI*FACTU (Sistema/s de emisión de facturas verificables)?. 226
Si una empresa utiliza un programa informático no adaptado y del que ya no se ofrece mantenimiento y por tanto no tiene actualizada la versión del programa, ¿qué responsabilidad tiene el fabricante de ese programa? . . . . . . . . . . . . . 227
¿Hasta dónde llega la responsabilidad del fabricante de software si se opta por ofrecer también el sistema de emisión de facturas no verificables? Ya que si solo se implanta el sistema VERI*FACTU (Sistema/s de emisión de facturas verificables) los sistemas fabricados están obligados a remitir los registros de facturación a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) de forma inmediata. . . . . . . . . . 227
¿Los sistemas y programas informáticos de facturación que usan los contribuyentes acogidos al SII tienen que estar certificados conforme a lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, General Tributaria?. . . . . . . . . . . . . . . . 228
SISTEMAS VERI*FACTU (SISTEMAS DE EMISIÓN DE FACTURAS VERIFICABLES) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 228
¿Qué posibilidades plantea el RRSIF sobre cómo debe ser un Sistema Informático de Facturación? . . . . . . . . . . . . . . . 228
¿Qué es un sistema VERI*FACTU y en qué se diferencia de un sistema de emisión de facturas no verificables? . . . . . . . 229
¿Cuándo y cómo puede optarse por el sistema VERI*FACTU? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 230
¿Es posible el cambio de la modalidad VERI*FACTU (sistema de emisión de facturas verificables) a la modalidad sistema de emisión de facturas no verificables, y viceversa? ¿O, por el contrario, hay limitaciones en estos cambios? . . 230
¿La llevanza y conservación de los registros de facturación
de alta y de los registros de facturación de anulación excluye la obligación de confeccionar el Libro Registro de Facturas emitidas? ¿Y de la presentación de modelos informativos 347/349? . . 231
¿Un SIF puede funcionar únicamente como sistema de emisión de facturas verificables? ¿Se pueden fabricar sistemas informáticos que puedan cumplir los requisitos del RRSIF y del SII? . .. 231
Comercios con múltiples terminales que cada uno es un SIF, ¿pueden comportarse de forma distinta? Por ejemplo, ¿es posible tener 2 terminales de pago, uno con sistema VERI*FACTU y luego otro con sistema de emisión de facturas no verificables? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 232
Aunque el reglamento especifica que no es necesario en VERI*FACTU, ¿se pueden enviar los registros de facturación firmados electrónicamente? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 233
En el SIF instalado en un ERP hay «n» módulos diferentes (cada uno con una serie de facturación diferente) que emiten facturas: ¿Es necesario encadenar todas las facturas mediante un único encadenamiento para toda la empresa? ¿se podría crear una cadena de registros de facturación por cada módulo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 234
¿Qué ventajas tiene utilizar un SIF «VERI*FACTU» en lugar de un sistema de emisión de facturas no verificables? . . . . 234
¿Cómo se debe actuar si se remite un conjunto de registros de facturación, pero por alguna razón técnica no se recibe la respuesta de correcta recepción? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 235
¿Es posible usar un certificado electrónico de un tercero en la identificación (autenticación) para la remisión de los registros o es obligatorio que se use el certificado electrónico del obligado tributario de las facturas emitidas? . . . . . . . . . 236
¿Va a proporcionar la AEAT el servicio de descarga de todas las facturas presentadas por un obligado tributario si usa un sistema VERI*FACTU? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 236
En un sistema VERI*FACTU, en los lotes de registros de facturación de envío, ¿se pueden incluir registros de facturación de diferentes empresas usuarias del SIF, o cada lote solo debe incluir facturas de la misma empresa usuaria? . . 236
¿Cómo será el proceso de recibo o recepción de las facturas? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 236
Los aplicativos informáticos que contabilizan las facturas importadas de un sistema VERI*FACTU, ¿están sujetos a las mismas obligaciones del real decreto? . . . . . . . . . . . . . 237
Un sistema que tiene varias tiendas distribuidas por toda España y está realizando ventas, por medio de facturas simplificadas, ¿tiene que mandar la información VERI*FACTU inmediatamente, o es posible realizar el envío, por ejemplo, al cerrar las tiendas? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 237
POSIBILIDAD DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN DE LA FACTURA POR PARTE DE SU RECEPTOR. REPRESENTACIÓN GRÁFICA A INCLUIR EN LA FACTURA. CÓDIGO QR. FRASE «VERI*FACTU» . . . . 238
¿A quiénes afectan los nuevos requisitos en la emisión de facturas completas y simplificadas (artículos 6.5 y 7.5 del Reglamento de Obligaciones de Facturación aprobado por RD 1619/2012), cuando se utilicen sistemas informáticos de facturación, consistentes en incorporar un código «QR» y, en su caso, las expresiones «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» en las facturas impresas emitidas? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238
¿Debe imprimirse el código QR en todas las facturas, tanto en la modalidad VERI*FACTU (sistemas de emisión de facturas verificables), como en los sistemas de emisión de facturas no verificables? ¿Cuál es su finalidad? . . . . . . . . . . . . 238
¿Cuál es el mensaje de respuesta que recibe el receptor de una factura que remite los datos contenidos en el código «QR» a la AEAT?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 239
¿Qué sucede con el Código «QR» si se utiliza factura electrónica? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 240
¿Tengo que incluir el código «QR» tributario en los albaranes (o notas de entrega)? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 240
¿Cómo debe remitir el receptor de la factura la información del «QR» a la AEAT?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 241
¿Dónde debe figurar el Código «QR» dentro de la factura? . 241
¿Cuál es el tamaño del QR que debe incorporarse a todas las facturas y facturas simplificadas? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242
PROCEDIMIENTOS DE FACTURACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 243
Tipos de facturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 243
¿Cómo registra el emisor una factura emitida en sustitución de facturas simplificadas? (art. 7.2 RD 1619/2012) . . . . . . . 245
¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa? . . . . . . . 245
¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por sustitución «S»? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246
¿Cómo registra el emisor una factura rectificativa por diferencias «I»? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252
¿Cómo se modifica o anula una factura emitida por error o con errores en los datos de identificación? (por ejemplo: operación inexistente) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 254
¿Qué fecha de operación debe hacerse constar en una factura rectificativa? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 254
¿Qué fecha de operación debe constar en una factura rectificativa si se rectifican varias facturas mediante un único documento de rectificación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 254
COLABORACIÓN SOCIAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 255
¿Cómo pueden las empresas desarrolladoras de software remitir los registros de facturación de los obligados tributarios en el marco de lo dispuesto en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación,
aprobado por Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre? 255
¿Cómo se otorga la representación a las empresas suministradoras de software para que remitan, en el ámbito de la colaboración social en la aplicación de los tributos, los registros de facturación generados por sistemas informáticos de facturación?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 255
DOCTRINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS SOBRE VERI*FACTU . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 257
ADAPTACIÓN DE PROGRAMAS A VERI*FACTU PARA CONTRIBUYENTES ACOGIDOS AL SII . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 259
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 259
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 259
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260
RÉGIMEN ESPECIAL DEL RECARGO DE EQUIVALENCIA . . . . . . . . 260
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260
FACTURACIÓN MEDIANTE HOJA DE CÁLCULO . . . . . . . . . . . . . . 260
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 261
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 261
FACTURACIÓN MANUSCRITA O MECÁNICA SIN PROCESADO
DE DATOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 261
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 261
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 262
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 263
ACUERDOS DE FACTURACIÓN FUERA DEL ÁMBITO DEL SII . . . . 264
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 264
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 264
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 264
OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS DE UNA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 264
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 264
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 265
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 265
FACTURAS EN PDF GENERADAS A PARTIR DE HOJA DE CÁLCULO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 265
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 265
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 265
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266
CONTRIBUYENTES DEL IRPF EN ESTIMACIÓN DIRECTA. . . . . . . . 266
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 267
TITULARES DE FARMACIAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 267
Consulta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 267
Contestación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 268
Fuente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 269
CHECKLIST SOBRE LA OBLIGACIÓN DE USAR SOFTWARE CONTABLE NO MANIPULABLE . . . . . . . . . . . . 271
NORMATIVA REGULADORA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273
ASPECTOS QUE DEBEN SER COMPROBADOS. . . . . . . . . . . . . . . . 275
Arveras Alonso, Carlos ; Gil Del Campo, Miguel ; Márquez Rabanal, Angel ; Martín Fernández, Javier ; Mellado Benavente, Francisco Manuel ; Rodríguez Vegazo, Antonio ; Argente Alvarez, Javier
CISS. 2007
90,00 €
85,50 €
Argente Alvarez, Javier; Argente Linares, Eva; Rodríguez Vegazo, Antonio
CISS. 2024
135,20 €
128,44 €
Argente Alvarez, Javier; Argente Linares, Eva; Rodríguez Vegazo, Antonio
CISS. 2024
135,20 €
128,44 €
Argente Álvarez, Javier ; Rodríguez Vegazo, Antonio ; Mellado Benavente, Francisco M.
CISS. 2008
25,00 €
23,75 €
252,72 €
240,08 €
Laguna Antón, Raúl Alberto; Prada Luengo, Álvaro Jaime
Reus. 2022
25,00 €
23,75 €
José Luis Cea García
Centro de Estudios Financieros, S.L.. 1992
17,56 €
16,68 €
Subirats Alcoverro, Xavier (Coordinadores); Marín Hernández, Salvador
Lefebvre. 2023
73,84 €
70,15 €
María José Rivero Menéndez Y M. Carmen Tejada Ximénez De Olaso
CISS. 2020
52,00 €
49,40 €
81,06 €
77,01 €