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Tras la tarea legislativa iniciada con la transposición de las Directivas (UE) 2019/770 y 2019/771, de 20 de mayo, mediante Real Decreto-ley 7/2021 sobre compraventas de bienes y suministros de contenidos y servicios digitales, llevada a término en España bajo una decisión de política legislativa refundidora en torno al principio rector de la conformidad contractual digitalizada, ha llegado una etapa decisiva iniciada en el año 2024 con la aprobación definitiva de la Unión de una serie de reformas, larvadas desde el año 2015, y que ahora es preciso implementar en cada Estado miembro. La entrada en vigor el 1 de enero de 2022 de la última gran reforma de la normativa de contratos y garantías de consumo, que condiciona incuestionablemente lo que está por llegar, precisa completarse y mejorarse ahora con el trabajo de integración, adaptación e interpretación de toda la normativa de consumo aprobada en la Unión en 2024, y esto en torno a tres ejes principales y complementarios recogidos en las Directivas (UE) 2024/825, de 28 de febrero, 2024/1799, de 13 de junio, y en el Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio. La protección del consumidor frente a nuevas y disruptivas prácticas desleales contra el blanqueo ecológico y muy distintos tipos de prácticas de obsolescencia de bienes, el refuerzo de la información precontractual del consumidor y la incorporación de un sistema de reparación de bienes de responsabilidad del fabricante, constituyen los ejes vertebradores de una serie de ideas y propuestas legislativas que deben encajarse ahora adecuada y reflexivamente en nuestro Texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios y en la Ley de Competencia Desleal, prescindiendo del recurso al Real Decreto-ley. La implementación de los "requisitos de reparabilidad" de determinados bienes de consumo en nuestra normativa se presenta como una tarea abierta en la transposición de esta medida por parte de cada Estado miembro. Complementariamente, tales reformas y modificaciones legales de 2024 exigen afrontar necesariamente una completa y diáfana regulación de los servicios de reparación postventa en nuestra legislación de consumo, así como una apropiada transposición de la modificada garantía comercial de durabilidad del fabricante, cuestiones a las que se da reflexiva respuesta y orientación en esta monografía a cada una de ellas, bajo la perspectiva de un derecho de consumo más sostenible en favor de la competencia, así como de un elevado nivel de protección del consumidor medio y de una mayor circularidad de la economía, nucleada en torno a los nuevos conceptos jurídicos de durabilidad, reparabilidad y reciclabilidad.
Capítulo I
ESTRUCTURA DE LAS COMPRAVENTAS DE BIENES DE CONSUMO Y LOS SUMINISTROS DE CONTENIDOS O SERVICIOS DIGITALES
I. FUNDAMENTOS DE LA DIGITALIZACIÓN DEL PRINCIPIO RECTOR DE CONFORMIDAD CONTRACTUAL Y SU NUEVO ÁMBITO DE APLICACIÓN 13
1. Génesis de una reforma legal compleja 13
1.1. Precedentes y preparativos de una reforma legal incompleta en España: visión crítica 13
1.2. Ideas esenciales ligadas a una opción de política legislativa de refundición normativa 20
1.3. Alcance y efectos de la opción refundidora plasmada íntegramente en el TRLGDCU 34
2. Definiciones y características del principio de la digitalización en la nueva normativa 38
2.1. El principio rector de la nueva conformidad contractual digital en las compraventas y suministros de contenidos y servicios digitales 45
2.2. El refuerzo específico de los deberes de información precontractual 52
2.3. Ideas generales sobre la aplicación de la reciente normativa europea y su plazo de transposición 56
3. El ámbito de aplicación de la normativa sobre compraventas y suministros de contenidos y servicios digitales 63
3.1. Prevalencia del uso del término “bien” sobre “producto” 64
3.2. Ámbito de aplicación de la normativa aprobada por Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril 67
3.3. Excepciones al ámbito de aplicación general del TRLGDCU en esta materia 74
3.4. El supuesto particular de las compraventas de animales vivos de compañía en España 78
II. LA NUEVA CONFORMIDAD CONTRACTUAL DIGITAL Y SUS MEDIDAS CORRECTORAS. LAS GARANTÍAS COMERCIALES 86
1. Previo. Modificaciones legales del TRLGDCU según el artículo 16 de la Directiva (UE) 2024/1799, de 13 de junio, en el contexto del derecho de reparación de bienes 88
2. La responsabilidad contractual del empresario vendedor 93
2.1. Los requisitos de la nueva conformidad contractual digitalizada 93
2.2. Los requisitos subjetivos para la conformidad contractual 98
2.3. Los requisitos objetivos para la conformidad contractual 104
2.4. La reparabilidad del bien como nueva característica para la determinación de la conformidad objetiva de los bienes de consumo 118
3. La conformidad contractual y las actualizaciones digitales 127
3.1. En los contratos de compraventa de bienes con elementos digitales y en los contratos de suministro de contenidos o servicios digitales 128
3.2. Plazos legales establecidos para el suministro de las actualizaciones digitales 136
3.3. Los supuestos de exoneración de responsabilidad del empresario en el suministro de actualizaciones digitales previstas por ley 140
4. El régimen jurídico de la puesta en conformidad de los bienes y suministros de contenidos o servicios digitales: medidas correctoras 143
4.1. La reparación o sustitución de bienes y contenidos o servicios digitales disconformes con el contrato 143
4.2. La información-recordatorio al consumidor para la ampliación del plazo de garantía legal y la consideración de los bienes reacondicionados como bienes de sustitución 152
4.3. El régimen jurídico supletorio: reducción del precio y resolución contractual 157
4.4. El supuesto específico de la resolución contractual 163
4.5. Plazos y modalidades de reembolso en caso de reducción del precio o resolución contractual 168
5. El ejercicio de derechos por parte del consumidor o usuario: plazos y acciones 169
5.1. El plazo de tres años para la manifestación de las faltas de conformidad en las compraventas y de dos años para los suministros de contenidos o servicios digitales. La ampliación por doce meses para las ventas de bienes de consumo 170
5.2. El plazo de dos años de presunción de existencia de la falta de conformidad para las compraventas de bienes y de un año para los suministros de contenidos o servicios digitales (carga de la prueba) 180
5.3. La suspensión del cómputo de plazos 182
5.4. La documentación justificativa en el ejercicio de la acción de reclamación por falta de conformidad 183
5.5. El plazo de cinco años de prescripción de la acción de reclamación 184
5.6. El plazo de dos meses para la notificación de la falta de conformidad al empresario vendedor 185
5.7. El refuerzo de la protección del consumidor: la acción directa contra el productor o fabricante. La acción de regreso 186
5.8. La concurrencia de remedios e incompatibilidad de acciones. La acción por daños y perjuicios 198
6. Las garantías comerciales adicionales sobre los bienes y suministros de contenidos o servicios digitales 204
6.1. Un concepto de la garantía comercial acorde con el principio de autonomía de la voluntad 204
6.2. La garantía comercial de durabilidad de fabricantes o productores: reforma, nuevos requisitos y actualización normativa según la Directiva (UE) 2024/825, de 28 de febrero 212
6.3. La libre competencia y supuestos de ampliación de la garantía comercial 229
6.4. La garantía comercial: posición del empresario, productor y eventuales representantes e intermediarios en la cadena de distribución comercial 235
6.5. Las formalidades legalmente exigidas en el denominado “documento de garantía comercial” 236
6.6. Los contenidos informativos y la transferibilidad de la garantía comercial 237
6.7. La validez contractual del mero compromiso no escrito del garante comercial 239
6.8. El contenido y la tutela de la garantía comercial de empresarios y productores 240
Capítulo II
LOS PRINCIPIOS DE SOSTENIBILIDAD Y CIRCULARIDAD EN EL CONTEXTO DE UN DERECHO DE CONSUMO SOSTENIBLE Y RESPONSABLE
I. PERSPECTIVA GENERAL. TRANSVERSALIDAD DE INTERESES Y SOSTENIBILIDAD DE LOS BIENES EN LAS RECIENTES REFORMAS LEGALES DE CONSUMO 259
1. El marco de la Agenda 2030 en el contexto de las reformas legislativas en curso en la Unión Europea y España 259
2. El punto de partida indispensable: un correcto diseño ecológico de los productos sostenibles de consumo. El nuevo marco europeo del Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio 265
3. Los conceptos de durabilidad, reparabilidad y reciclabilidad de los bienes de consumo en el contexto de la economía circular 282
3.1. La conexión del derecho a reparar con los nuevos requisitos de ecodiseño de los productos sostenibles del Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio 282
3.2. Los nuevos deberes de información al consumidor y prácticas comerciales de “blanqueo ecológico” de la Directiva (UE) 2024/825, de 28 de febrero. Las “afirmaciones medioambientales” 289
3.3. Los nuevos deberes de información al consumidor y las prácticas comerciales asociadas a la obsolescencia en la Directiva (UE) 2024/825, de 28 de febrero 309
II. PERSPECTIVA PARTICULAR. REFORMAS EN LA AMPLIACIÓN DE LA PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR, LA OBLIGACIÓN DE REPARAR E INFORMACIÓN SOBRE LOS SERVICIOS DE REPARACIÓN 323
1. La durabilidad, la reparabilidad y el derecho a la reparación de los bienes de consumo 323
2. Las normas comunes europeas para promover la reparación de los bienes de consumo. El nuevo derecho de reparación de la Directiva (UE) 2024/1799, de 13 de junio 327
2.1. El ámbito de la obligación de reparación del fabricante y los requisitos de reparabilidad del anexo II de la Directiva (UE) 2024/1799, de 13 de junio 333
2.2. Las condiciones de reparación del bien defectuoso 344
2.3. El formulario europeo de información sobre la reparación 348
2.4. La plataforma europea en línea sobre reparaciones 352
3. Los requisitos de reparabilidad del bien en el plano de la conformidad contractual y de un diseño sostenible 356
4. El reconocimiento de una dualidad de planos entre el principio de conformidad contractual y la durabilidad/reparabilidad de los bienes sostenibles 367
5. La regulación del “acceso a las piezas de recambio y herramientas” como requisito específico de reparabilidad del bien 380
6. Una distorsión legislativa inarmónica con el Derecho europeo 390
Capítulo III
CONCLUSIONES E IMPLEMENTACIONES NORMATIVAS
I. El PUNTO DE PARTIDA 396
1. La transposición de las Directivas 2019/770 y 2019/771, de 20 de mayo, por Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril 396
2. La nueva conformidad contractual digitalizada 397
II. LA COMPLEMENTARIEDAD DE LAS REFORMAS PARA UN CONSUMO SOSTENIBLE 398
3. La complementariedad de las tres reformas europeas de 2024 398
4. Compendio de requisitos de información de los bienes de consumo en el Reglamento 2024/1781 399
III. LA IMPLEMENTACIÓN DE LA DIRECTIVA 2024/825, DE 28 DE FEBRERO 401
5. La modificación de la garantía comercial de durabilidad del fabricante del TRLGDCU 401
6. La implementación de la Directiva 2024/825 sobre una amplia gama de prácticas desleales 403
7. Los nuevos deberes de información al consumidor medio en la LCD y el TRLGDCU 404
7.1. Deberes de información asociados al blanqueo ecológico de bienes o servicios de consumo. Las afirmaciones medioambientales 404
7.2. Deberes de información asociados a prácticas de obsolescencia sobre bienes o productos de consumo 407
IV. LA IMPLEMENTACIÓN DE LA DIRECTIVA 2024/1799, DE 13 DE JUNIO 408
8. La modificación del principio de conformidad contractual: efectos 408
9. La introducción en nuestro sistema jurídico del nuevo derecho de reparación. La implementación de “los requisitos de reparabilidad” de los bienes de consumo 411
V. LA INDISPENSABLE ORDENACIÓN DE LOS SERVICIOS POST-VENTA 417
10. La regulación de los servicios postventa en el TRLGDCU 417
11. El nuevo formulario europeo de información y la plataforma europea en línea sobre reparaciones 419
12. La implementación del acceso a las piezas de recambio y herramientas como requisito específico de reparabilidad del bien 421
13. Piezas de recambio y reparación en el sector del automóvil 422
VI. EL RECONOCIMIENTO DE UNA DUALIDAD DE PLANOS NORMATIVOS: LA CORRECCIÓN DE UNA DISTORSIÓN LEGISLATIVA INARMÓNICA CON EL DERECHO EUROPEO 424
BIBLIOGRAFÍA 429
Gómez Laplaza, María Del Carmen (Coord.)
Dykinson. 2012
26,00 €
24,70 €
Editorial Colex, S.L.
Colex. 2019
11,95 €
11,35 €
Jiménez Muñoz, Francisco Javier
Olejnik Ediciones Jurídicas. 2018
30,87 €
29,33 €
Eugenio Ribón Seisdedos
Sepin. 2020
46,80 €
44,46 €
Larenz, Karl
Olejnik Ediciones Jurídicas. 2018
29,12 €
27,66 €