Colección: Jurídica General
La adquisición a non domino de bienes muebles ha sido, y sigue siendo, uno de los temas más problemáticos de interpretación doctrinal y jurisprudencial en nuestro derecho. Los artículos 464 del Código civil y el 85 del Código de comercio son el centro de esta histórica polémica interpretativa que, con el devenir de los años, parece haber tomado la interpretación germanista de los mismos como línea de aplicación de estos preceptos.
Pero, si a este tipo de adquisición se le añade el adjetivo cultural, la situación táctica y jurídica se complica a la hora de coordinar la especialidad de las normativas de este tipo de patrimonio existentes en nuestro país. Normativas porque, junto a lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y su relevante especialidad recogida es su art. 28, nos encontramos con dos tratados internacionales ratificados por España: la Convención de UNESCO, hecha en París el 17 de noviembre de 1970; y el Convenio de UNIDROIT, hecho en Roma el 24 de junio de 1995. Si a ello le unimos las Directivas de la Unión Europea de restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilícita de algún Estado miembro, la última de ellas del año 2017, nos encontramos con una multiplicidad de soluciones muy lejanas a las que previeron nuestros legisladores iusprivatistas del siglo XIX.
Este libro trata de tomar postura y ofrecer soluciones sobre toda esta regulación existente y la necesidad de que los operadores jurídicos sean conscientes de la importancia que tiene el conocimiento preciso de la normativa de patrimonio cultural, para dar una adecuada respuesta a los casos que se plantean de adquisición a non domino de este tipo de bienes, que no sólo representan los valores culturales de nuestra sociedad, sino que, además, suelen tener un valor económico muy elevado. Y es que, lejos de ser un tema académicamente teórico, es una realidad que en nuestro país sigue latente, principalmente, porque la posible restitución del patrimonio cultural incautado durante la Guerra Civil y la Dictadura posterior está siendo objeto de revisión por parte de las autoridades políticas como muestra las nueva Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, a la que se hace referencia en este libro.
1.- INTRODUCCIÓN
2.- LOS BIENES CULTURALES EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL. DE LA INTENCIÓN DE LA LPHE A LA REALIDAD ACTUAL RESPECTO A LOS BIENES CULTURALES MUEBLES
2.1.- La LPHE como marco normativo de los bienes culturales en nuestro ordenamiento jurídico
2.2.- La dispersión jurídica conceptual de los bienes culturales en España
2.3.- Consecuencias de la dispersión conceptual normativa: la ineficaz defensa de los bienes culturales de naturaleza mueble
3.- “HISTORIA DE DOS INOCENTES”. LOS MODELOS DE DERECHO COMPARADO
3.1. El derecho comparado: dos sistemas y muchas matizaciones
4.- LA ADQUISICIÓN A NON DOMINO EN EL DERECHO ESPAÑOL
4.1.- El art. 464, el art. 85 Ccom. y el art. 61 Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
4.2.-El art. 522.8 del Código Civil de Cataluña
4.3.- La LPHE y la adquisición a non domino de bienes culturales: los arts. 28 y 29 y el art. 44 RDPHE y su especialidad respecto al régimen del Código Civil
4.4.- La interpretación del Tribunal Supremo de la adquisición a non domino en su relación con los bienes culturales
4.4.1.- Sentencias del Tribunal Supremo relativas a bienes procedentes de instituciones eclesiásticas
1ª.- STS, la Sala de lo Penal, núm. 4.071, de 20 de diciembre de 1991
2ª.- STS, la Sala de lo Penal, núm. 189/2003, de 12 de febrero
3ª.- STS, la Sala de lo Civil, núm. 301/2019, de 28 de mayo
4.4.2.- Sentencias del Tribunal Supremo relativas a bienes no procedentes de instituciones eclesiásticas
1ª.- STS, la Sala de lo Penal, núm. 966, de 1 de junio de 1987
2ª.- STS, la Sala de lo Penal, núm. 1944/1992, de 15 de septiembre
3ª.- STS, la Sala de lo Civil, núm. 36/2002, de 22 de enero
5.- PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Y EXTINTIVA EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES CULTURALES MUEBLES. LAS ESPECIALIDADES POR RAZÓN DE LA HISTORIA RECIENTE DE ESPAÑA
5.1.- La perentoriedad de los plazos para la usucapión de bienes muebles en nuestro derecho. ¿Objeto de revisión en los de carácter cultural?
5.2.- Prescripción extintiva de la acción reivindicatoria sobre bienes muebles y usucapión de los mismos
5.3.- La jurisprudencia del TS relativa a la prescripción de la acción reivindicatoria durante la Guerra Civil y la dictadura de Franco y su posible aplicación a los bienes culturales muebles
5.4.- La reclamación de los depósitos y la reversión posesoria para la adquisición por usucapión de bienes culturales muebles: la STS núm. 234/2008, de 28 de noviembre
5.5.- La nueva Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática y el derecho al resarcimiento de los bienes incautados de obras de arte
6.- LOS TRATADOS INTERNACIONALES QUE OBLIGAN A ESPAÑA EN MATERIA DE RESTITUCIÓN DE BIENES CULTURALES
6.1.- El art. 31 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales
6.2.- Convención UNESCO sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales, hecha en París el 17 de noviembre de 1970. Instrumento de Ratificación del Reino de España de 13 de diciembre de 1985 (BOE del 5 de febrero de 1986)
6.3.- Convenio de UNIDROIT sobre bienes culturales robados o exportados ilegalmente, hecho en Roma el 24 de junio de 1995
6.3.1.- Introducción
6.3.2.- Estructura del Convenio UNIDROIT
6.3.3.- Ámbito del Convenio
1º. Material
2º. Temporal
3º. Subjetivo
6.3.4.- Restitución de bienes culturales robados
1º. Principio general y plazos de prescripción
2º. La mala fe se presume. El poseedor de buena fe y su derecho a una justa y razonable compensación
3º. EI poseedor de buena fe
4º. La indemnización justa y razonable
5º. Excepciones a la falta de indemnización
6.3.5.- Retorno de bienes culturales ilícitamente exportados
1º. Precisión de la exportación ilícita
2º. Plazos
3º. El poseedor del bien ilícitamente exportado
4º. Excepciones
7.- LA LEY 1/2017, DE 18 DE ABRIL, SOBRE RESTITUCIÓN DE BIENES CULTURALES QUE HAYAN SALIDO DE FORMA ILEGAL DEL TERRITORIO ESPAÑOL O DE OTRO ESTADO MIEMBRO DE LA UNIÓN EUROPEA, POR LA QUE SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO ESPAÑOL LA DIRECTIVA 2014/60/UE, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 15 DE MAYO DE 2014
7.1.- El concepto de bien cultural objeto de restitución
7.1.1.- Los plazos para el ejercicio de las acciones de restitución
7.1.2.- Quién ha de prevalecer a la hora de determinar la propiedad del bien. La postura intermedia
8.- EPÍLOGO
9.- BIBLIOGRAFÍA