UN LIBRO INTERACTIVO, POTENTE, ABSORBENTE Y PRÁCTICO PARA LA JURISTAS y ESTUDIANTES.
Sorprenderá al lector tanto el contenido como su presentación, que consigue hacer del papel un ebook interactivo tan sólo con tener un smartphone o tableta al lado.
Te presentamos una guía que de "forma rápida y eficaz pueda resolver ciertas dudas o controversias que surjan en la práctica del ámbito penal", objetivo, según el prologuista, Magistrado en ejercicio, alcanzado sobradamente.
No se trata de un simple repertorio de jurisprudencia, pues el abogado en su ejercicio encuentra grandes dificultades, visto el número de sentencias dictadas por el Tribunal Supremo e incluso del Tribunal Constitucional, de ahí que un libro que las clasifique por materias (derechos) o principios concretos va a suponer una ayuda inestimable a la labor de dichos profesionales.
INTRODUCCIÓN | 34
ABREVIATURAS | 38
1. DERECHOS CONSTITUCIONALES EN EL ÁMBITO PENAL | 41
I. DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA | 49
1. INTRODUCCIÓN | 49
2. TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL SOBRE LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA | 53
2.1. Vulneración por la ilegalidad en la citación telefónica para la asistencia al juicio oral al no quedar constancia de la persona que recibió dicha comunicación | 53
2.2. Vulneración por haber sido condenado en ausencia en un juicio al que no fue citado en debida forma, encontrándose preso en un Centro penitenciario | 54
2.3. Vulneración por la negación de validez de pruebas declaradas nulas al considerarse erróneamente que era precisa la previa autorización judicial para el volcado de un CD previamente intervenido | 55
2.4. Vulneración por no constar en la Sentencia la ratio decidendi del Tribunal en cuanto al resultado y valoración de la prueba | 55
2.5. Vulneración por no reconocerse al acusado la legitimación activa para denunciar la infracción de un derecho constitucional ajeno de otro coacusado cuando produce efectos en derechos propios | 57
2.6. Vulneración por la denegación del ejercicio de la Acción Popular a una Administración Pública en materia de violencia de género | 58
2.7. Vulneración por absolverse al acusado al considerar el Tribunal a quo que no existía un documento fundamental en la resolución de la causa, cuando realmente sí había sido aportado dicho documento por la acusación al inicio del plenario y no había sido valorado por el Tribunal | 59
2.8. Vulneración por procederse al archivo de las actuaciones sin ser notificado a los perjudicados que no han renunciado al ejercicio de la acción civil derivada del delito | 60
2.9. Vulneración por no permitirse al condenado por el Tribunal, en primera instancia, el derecho a que la sentencia y la pena impuesta sean sometidas a una revisión íntegra y efectiva por un Tribunal superior. Inexistencia de nulidad de actuaciones | 61
2.10. Vulneración por añadir la acusación al final de un juicio ante el Tribunal del Jurado un delito no planteado inicialmente y cuya acusación no aparece en el auto de hechos justiciables y no siendo debatida en la vista | 62
2.11. Vulneración por omitirse en la resolución desestimatoria de la acumulación de condenas todos los datos correspondientes a las sentencias cuyas condenas se interesa su acumulación | 63
2.12. Vulneración por la falta de concreción de datos necesarios para la determinación de la cuantía en concepto de responsabilidad civil en el trámite de ejecución de sentencia | 64
2.13. Vulneración por negarse la validez como medio de prueba de cargo la grabación de imágenes obtenida por la cámara de seguridad del perímetro exterior del Centro Penitenciario, no alcanzando su campo de visión a espacios reservados al uso íntimo de las personas | 65
2.14. Vulneración por cuanto el auto por el que se acuerda la intervención de las comunicaciones telefónicas carece de la motivación que permite el posterior control judicial de la proporcionalidad y necesidad de la medida, conllevando la absolución de los condenados al afectar las intervenciones telefónicas a la totalidad de la actividad probatoria | 67
2.15. Vulneración por la falta de motivación en la Sentencia de la pena de comiso del dinero intervenido | 68
2.16. Vulneración por no resolver el Tribunal de instancia una cuestión alegada por la defensa en cuanto a la nulidad de las intervenciones telefónicas, ya que la aprehensión de la sustancia estupefaciente se hizo exclusivamente por la información obtenida con las intervenciones telefónicas y sin ese conocimiento no hubiera sido posible | 69
2.17. Vulneración por la falta de notificación al denunciante del auto de sobreseimiento y archivo de las actuaciones, a pesar de haberse personado y designado Abogado y Procurador, impidiéndose el acceso a los recursos legalmente establecidos | 70
2.18. Vulneración por haberse tramitado el recurso de queja interpuesto por el imputado sin darse traslado del mismo a la acusación particular para alegaciones, habiéndose acordado la estimación del recurso y el sobreseimiento libre respecto de dicho imputado | 72
2.19. Vulneración por declarar el Tribunal sentenciador la nulidad de las intervenciones telefónicas de una forma irrazonable y sin motivar debidamente dicha decisión, absolviendo a los acusados, ya que tanto en el oficio policial como en el auto judicial de autorización se respetaron las garantías exigibles para este tipo de investigaciones | 73
10
2.20. Vulneración por resolver el Tribunal el recurso de apelación contra la sentencia sin que el Juzgado de lo Penal le hubiera remitido el escrito de impugnación del recurso formulado por la acusación particular | 75
2.21. Vulneración por archivar el Tribunal unas diligencias previas sin practicarse las diligencias de prueba propuestas por el denunciante y al no investigarse de forma suficiente una denuncia de tratos inhumanos y degradantes sufridos bajo la custodia policial | 76
2.22. Vulneración por resolver el Tribunal la cuestión de la prescripción del delito de forma anticipada y sin resolverse en Sentencia tras la celebración del juicio oral, por cuanto las peticiones de las acusaciones en sus tipos agravados y la continuidad delictiva permiten ampliar el marco de la acusación hasta penas que determinarían un plazo prescriptivo mayor | 79
II. DERECHO AL JUEZ ORDINARIO PREDETERMINADO POR LA LEY | 82
1. INTRODUCCIÓN | 82
2. TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL SOBRE LA VULNERACIÓN DEL DERECHO AL JUEZ ORDINARIO PREDETERMINADO POR LA LEY | 86
2.1. Vulneración por elegir la Policía el Juzgado de Guardia para la autorización de las escuchas telefónicas y de los registros domiciliarios. Inexistencia de nulidad de actuaciones | 86
2.2. Vulneración por acordar el Tribunal que el anterior titular de un Juzgado de instrucción, el cual se encuentra destinado en un Juzgado de distinta localidad, se encargue de dictar un Auto motivado que califique los hechos como falta | 87
2.3. Vulneración por seguirse el procedimiento del Sumario ordinario y no por el procedimiento del Tribunal del Jurado en los delitos conexos de homicidio y de tenencia ilícita de armas, máxime cuando la navaja utilizada para cometer el homicidio, y dadas sus características, podría haberse descartado a priori que constituyera arma prohibida | 89
2.4. Vulneración por inhibirse la Audiencia Nacional a favor de la Audiencia Provincial al no considerarse competente para el conocimiento de la causa, a pesar de haberse dictado ya por el primer Tribunal la apertura del juicio oral y encontrándonos ante un grupo delincuencial organizado y ante un presunto delito de asociación ilícita que resulta ser de su competencia | 90
2.5. Vulneración por cuanto en las diferentes sesiones en que se desarrolló el Juicio oral, la Sala del Tribunal estuvo compuesta por diferentes Magistrados sin hacérselo saber a las partes | 92
2.6. Vulneración por no suspenderse el acto del juicio oral y desglosarse las actuaciones en dos causas separadas, una para la Audiencia Provincial y otra para el Juzgado de lo Penal, ocasionando indefensión al acusado | 93
11
2.7. Vulneración por remitir el Tribunal los autos al Juzgado de lo Penal para que conozca del juicio oral, y ello sin tener en cuenta la pena abstracta prevista para el delito por el que se ha acusado y considerando exclusivamente la pena en concreto solicitada por las partes acusadoras | 94
2.8. Vulneración por acusar el Ministerio Fiscal a los procesados de un delito de tenencia de explosivos en relación con un delito referido al terrorismo y la competencia para enjuiciar los hechos se atribuyó a la Audiencia Provincial y no a la Audiencia Nacional, a pesar de ser un delito de la exclusiva competencia de este último Tribunal | 95