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Colaboración: Higinio Pí Guirado
El Tratado de Servidumbres que se presenta, contiene un estudio riguroso y profundo pero novedoso sobre este derecho real. A pesar del abolengo y antigüedad de la gura, la obra analiza el acervo tradicional existente y, en determinados puntos, revisa críticamente postulados secularmente repetidos acaso por inercia o simple rutina, ofreciendo perles rigurosamente nuevos de esta categoría jurídica. Nos atrevemos a decir que hay materias en las que, a modo de hito, podrá diferenciarse un "antes " y un "después? del presente Tratado. Se trata de una obra llamada a convertirse en referente dentro del panorama cuentico español en una materia clásica y de indudable trascendencia práctica, especialmente compleja y litigiosa. El libro que se publica, se estructura en 12 Capítulos divididos en dos partes, claramente diferenciadas, como resulta del cuidado índice que inaugura la obra. La primera parte, titulada El Derecho real de Servidumbre: Régimen general, está integrada por seis Capítulos, que versan sobre el concepto, naturaleza, caracteres, clases, constitución, extinción y protección de las servidumbres. La segunda parte, Servidumbres legales, está formada por seis Capítulos relativos a la servidumbre de aguas, servidumbre de paso, medianería, régimen de luces y vistas, desagüe de edificios, daños por humedades y distancias y obras intermedias para ciertas construcciones y plantaciones e inmisiones, concluyendo cada Capítulo con unos útiles y completos Anexos de jurisprudencia y bibliografía. Constituyen señas de identidad del libro, el estudio de la legislación y de la doctrina y, especialmente, el constante manejo de la jurisprudencia que, en algunas materias, como luces y vistas, a propósito de la distinción entre servidumbres positivas y negativas, es objeto de una profunda revisión crítica. La metodología de la obra se ha diseñado con una firme aspiración de rigor, exposición ordenada y perspectiva práctica de los temas. Se trata de una obra sustentada en un sólido armazón científico, que tiene la vocación de permanencia y continuidad disciplinar propia de los Tratados clásicos En suma, este Tratado de Servidumbres, está llamado a convertirse en un valioso medio como fuente de conocimiento y en un texto indispensable para la útil consulta teórica y práctica de estudiosos, juristas y profesionales del Derecho.
PRIMERA PARTE
EL DERECHO REAL DE SERVIDUMBRE: RÉGIMEN GENERAL
Capítulo Primero
El Derecho real de servidumbre. Concepto. Naturaleza. Diferencias con figuras afines. Caracteres
I. CONCEPTO 39
II. NATURALEZA JURÍDICA 45
1. La servidumbre es un derecho real, pertenece a la categoría de los derechos reales en cosa ajena y, dentro de éstos, a los derechos reales de goce 46
2. La servidumbre es un derecho real de los que implican posesión. Consideración especial sobre la posesión en el derecho de servidumbre 47
3. La posesión en las servidumbres discontinuas 49
4. Cuestión especial sobre la posesión en las servidumbres negativas 51
5. Cuestión sobre la usucapibilidad de las servidumbres negativas 59
III. DIFERENCIAS ENTRE LAS SERVIDUMBRES Y OTRAS FIGURAS 63
IV. CARACTERES Y AXIOMAS JURÍDICOS TÍPICOS DE LAS SERVIDUMBRES 65
1. Parcialidad del goce 65
2. Ajenidad del fundo sirviente 67
3. Utilidad 73
3.1. El requisito de la utilidad en las servidumbres legales o forzosas y en las voluntarias 74
3.2. Cuestión sobre la utilidad en las servidumbres prediales negativas 79
3.3. Cuestión sobre utilidad o ventaja futura 84
4. Indivisibilidad 86
5. Ejercicio “civiliter” 87
V. CARACTERES ESPECÍFICOS DE LAS SERVIDUMBRES PREDIALES 89
1. Inherencia al fundo. Intransmisibilidad de la servidumbre separadamente del predio al que pertenece 89
2. Colindancia o contigüidad entre los predios 91
3. Duración potencialmente ilimitada o perpetua 92
Capítulo Segundo
Clases de servidumbres
IMPORTANCIA DE LAS CLASES DE SERVIDUMBRES 95
I. SERVIDUMBRES REALES O PREDIALES Y PERSONALES 96
1. Criterio distintivo 96
2. Reglas para calificar la servidumbre como predial o como personal 101
3. Breve reseña histórica sobre las servidumbres personales 104
4. Fórmula seguida por el Código Civil español 108
5. Régimen jurídico de las servidumbres personales en el Código Civil 110
6. Crítica a la fórmula del Código Civil 111
7. Servidumbres personales negativas 117
8. Propuestas de lege ferenda en materia de servidumbres personales 119
II. SERVIDUMBRES LEGALES O FORZOSAS Y SERVIDUMBRES VOLUNTARIAS 122
1. Criterio distintivo 122
2. Diferencias entre límites y limitaciones del dominio 126
2.1. Por su origen 126
2.2. Por su naturaleza 127
2.3. Por la finalidad, es decir, por la utilidad pública o privada que persigan 135
2.3.1. Límites de utilidad pública 135
2.3.2. Límites legales de utilidad privada 139
2.3.3. Limitaciones del dominio 143
2.4. Por la ausencia de contraprestación, característica de los límites, o la natural onerosidad, característica de las limitaciones 143
2.5. Por la prescriptibilidad o no y, en general, por la disponibilidad o no en materia de límites y limitaciones respectivamente 144
3. Régimen jurídico de las servidumbres legales 156
III. SERVIDUMBRES CONTINUAS Y DISCONTINUAS 166
1. Criterio distintivo 166
2. Estado de la cuestión en la actualidad. Tesis propuesta para superarla 170
3. Crítica: inconvenientes del criterio de la continuidad o discontinuidad del uso y de la duración prolongada o efímera 184
4. La servidumbre de paso es siempre discontinua, aunque haya camino 189
5. Otras modalidades de servidumbre de paso: paso de cosas y/o personas en vertical, mediante procedimiento mecánicos 200
6. La servidumbre de luces y vistas es siempre continua, y su uso no requiere mirar o asomarse por el hueco o ventana 204
7. La servidumbre de saca de agua puede ser continua o discontinua 210
8. El extendido error de considerar que las servidumbres personales son discontinuas 213
9. Servidumbres continuas y extinción por no uso 215
IV. SERVIDUMBRES APARENTES Y NO APARENTES 219
1. Criterio distintivo 219
2. Caracteres del “signo exterior” o “signo aparente” de servidumbre 222
2.1. El signum servitutis: existencia de un elemento material o físico construido, fabricado, instalado o propiciado por el hombre 223
2.2. Visibilidad del signo 225
2.3. Instrumentalidad o funcionalidad del signo 241
2.3.1. Definición y caracterización 241
2.3.2. Inadmisibilidad, como signo aparente, de elementos extrínsecos al uso, funcionamiento o aprovechamiento de la servidumbre 243
2.4. Inequivocidad del signo aparente 252
2.5. Carácter permanente del signo 256
2.6. Ubicación del signo aparente 258
3. Oponibilidad frente a terceros de las servidumbres aparentes aunque no esten inscritas 259
3.1. Definición y caraterización 259
3.2. Primera causa de oponibilidad: la inscripción de la servidumbre 264
3.3. Segunda causa de oponibilidad: que el adquirente no cumpla alguno de los requisitos del art. 34 LH 267
3.4. Tercera causa de oponibilidad: que se trate de una servidumbre aparente 269
3.4.1. La consolidada doctrina jurisprudencial sobre las servidumbres aparentes 269
3.4.2. La tesis de la presunción iuris tantum de conocimiento de la servidumbre 273
3.4.3. Posición personal sobre el tema 276
3.4.4. Oponibilidad de servidumbre aparente no inscrita y posesión 281
4. Contenido de la servidumbre aparente no inscrita oponible al tercero hipotecario 286
4.1. Introducción y planteamiento general 286
4.2. Tesis de Rebolledo Varela sobre el particular 291
4.3. Crítica a la tesis de Rebolledo. Tesis que sostenemos 292
5. Imposibilidad de servidumbres que sean negativas y aparentes. Remisión 299
V. SERVIDUMBRES POSITIVAS Y NEGATIVAS 300
1. Introducción. Utilidad de la distinción 300
1.1. Introducción 300
1.2. Utilidad de la distinción entre servidumbres positivas y negativas 301
2. Criterio distintivo entre servidumbres positivas y negativas. Criterio propuesto. Definición 302
2.1. Criterio distintivo entre servidumbres positivas y negativas 302
2.2. Criterio distintivo que proponemos entre servidumbres positivas y negativas 306
2.3. Definición de servidumbres positivas y negativas 309
3. La calificación como positiva o negativa de la servidumbre de luces y vistas 310
3.1. Posición de la jurisprudencia 310
3.2. Posición de la doctrina 315
3.3. Posición personal 318
3.3.1. Huecos abiertos en pared ajena o medianera o en pared propia pero invadiendo el espacio ajeno 319
3.3.2. Huecos abiertos en pared propia, y sin invadir el espacio ajeno 320
3.3.2.1. Huecos abiertos en pared propia cumpliendo las distancias legales 320
3.3.2.2. Huecos en pared propia, pero infringiendo las distancias legales 324
a) Calificación como positiva. Justificación. Cómputo del plazo para la usucapión
b) Cuestión sobre la prueba de la posesión en concepto de titular de la servidumbre
c) Adosamiento o superposición ( por título) de una servidumbre de vistas a una servidumbre de huecos. Incidencia del artículo 585 CC
d) Análisis del artículo 585 CC
3.4. Diferencias entre la tesis que sostenemos y la situación actualmente existente 356
3.4.1. Huecos (con o sin salientes o voladizos) abiertos en pared ajena o medianera 357
3.4.2. Huecos (con o sin salientes o voladizos) abiertos en pared propia 358
3.5. Crítica a la jurisprudencia existente sobre esta materia 364
4. Inadmisibilidad de servidumbres in faciendo 375
Capítulo Tercero
Constitución de las servidumbres
INTRODUCCIÓN 393
I. CONSTITUCIÓN POR LEY (Remisión) 394
II. CONSTITUCIÓN POR NEGOCIO JURÍDICO 394
1. Requisitos o elementos constitutivos de la servidumbre 394
2. En particular, legitimación para constituir servidumbres 396
2.1. Constitución de servidumbre sobre
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