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Veri*Factu está revolucionando la forma en la que empresas y autónomos emiten sus facturas. En 2026, deberán tener sus sistemas informáticos de facturación adaptados a la nueva normativa. Esta guía busca orientar a los profesionales del ámbito jurídico y asesores o consultores en el uso de esos nuevos programas.
En un primer bloque de preguntas y respuestas se ofrecen las claves para comprender en qué consiste Veri*Factu, a quién se aplica y cómo cumplir con las nuevas obligaciones. A continuación, se estudia cómo registrar en el sistema de facturación las operaciones más habituales de estos profesionales: se plantean supuestos prácticos y se explica qué campos de registro cumplimentar en cada caso. Y, ello, tanto para profesionales que facturen desde la Península o Baleares, como para quienes lo hagan desde Canarias.
Finalmente, se detalla cómo proceder ante errores en los registros de facturación, cómo subsanarlos o anularlos (cuando se pueda) y cómo rectificar facturas.
BLOQUE I. Aproximación al Reglamento Veri*Factu y a las novedades que incorpora
A. Ámbito de aplicación
1. ¿Qué sujetos tendrán que cumplir con las obligaciones del Reglamento Veri*Factu?
2. ¿Qué se considera «sistema informático de facturación» (SIF) a estos efectos?
3. ¿Cómo saber si utilizo un SIF para facturar? ¿Facturar usando hojas de cálculo se considera SIF?
4. ¿El Reglamento Veri*Factu también se aplicará por los sujetos domiciliados en Canarias, Ceuta o Melilla?
5. ¿Y por los contribuyentes domiciliados en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra?
6. Los sujetos obligados a aplicar el Reglamento Veri*Factu,
¿tendrán que aplicarlo en todas sus operaciones?
7. Estoy obligado a aplicar Veri*Factu para facturar y facturo a clientes radicados en el extranjero, ¿esas facturas también están sometidas al Reglamento Veri*Factu?
8. Los acogidos al SII quedan fuera del ámbito del Reglamento Veri*Factu, pero ¿tienen que incluir el código QR en sus facturas?
9. ¿Habrá que incluir el código QR en los albaranes, notas de entrega o facturas proforma?
10. Resumiendo en pocas palabras: ¿cómo puedo saber si estoy obligado a cumplir con la normativa sobre Veri*Factu?
B. Requisitos de los SIF y modalidades de cumplimiento: sistemas Veri*Factu y sistemas no Veri*Factu
11. Un obligado a cumplir con Veri*Factu, ¿qué opciones tiene para facturar?
12. ¿Qué requisitos tiene que cumplir un SIF para estar adaptado a Veri*Factu?
13. ¿Cómo puedo saber si un determinado SIF que se comercializa en el mercado cumple con lo exigido por el Reglamento Veri*Factu?
14. ¿Qué dos modalidades pueden revestir los sistemas informáticos de facturación adaptados a Veri*Factu?
15. Si una empresa no se acoge a la modalidad VERI*FACTU (es decir, no se acoge a un sistema de emisión de facturas verificables), ¿su SIF tiene que permitir igualmente la conexión con la AEAT?
16. ¿Cuándo se considerará que un obligado tributario opta por acogerse a la modalidad VERI*FACTU, esto es, a un sistema de emisión de facturas verificables?
17. ¿Cuánto durará la opción por el uso de un sistema de emisión de facturas verificables o sistema VERI*FACTU?
18. ¿Es posible que sea el destinatario de la factura quien remita cierta información a la AEAT?
19. ¿Cómo podrá la AEAT verificar que los sistemas informáticos de facturación cumplen con los requisitos del Reglamento Veri*Factu?
C. Características básicas de los registros de facturación
20. ¿Qué es el registro de facturación de alta y qué contenido deberá tener?
21. ¿Cuándo procederá un registro de facturación de anulación y cuál será su contenido?
22. ¿Qué dos elementos de seguridad incorporan los registros de facturación?
23. En general, ¿cómo se pueden corregir errores en el registro de facturación?
D. Fechas de aplicación efectiva
24. ¿Cuándo será obligatorio cumplir con lo establecido en el Reglamento Veri*Factu?
25. ¿Pueden empezar a utilizarse SIF adaptados a Veri*Factu antes de esas fechas?
BLOQUE II. Registro de las operaciones más habituales de un profesional en los sistemas informáticos de facturación (SIF) adaptados a Veri*Factu
Aspectos básicos a tener en cuenta de cara al registro de las operaciones de un profesional en los nuevos SIF
Advertencias iniciales y mecánica de funcionamiento de este bloque II
Retenciones a cuenta del IRPF, suplidos, provisiones de fondos y facturas proforma en los SIF adaptados a Veri*Factu
Principales campos de registro del SIF adaptado a Veri*Factu a los que haremos referencia
A. Facturación desde la Península e Islas Baleares
A.1. Operaciones nacionales
26. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente de esos mismos territorios, en régimen general del IVA, por el que expide una factura completa u ordinaria
27. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente de esos mismos territorios, en régimen general del IVA, por el que expide una factura simplificada
28. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente particular de Canarias, Ceuta o Melilla
29. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente de las Islas Canarias, Ceuta o Melilla; actuando el cliente como empresario o profesional
30. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente de las Islas Canarias, Ceuta o Melilla; actuando el cliente como empresario o profesional y estando el servicio relacionado con un inmueble sito en la Península
31. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares y acogido al régimen especial del criterio de caja (RECC), que presta un servicio a un cliente de esos mismos territorios
32. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares y acogido al régimen especial del criterio de caja (RECC), que presta un servicio a un cliente de las Islas Canarias, Ceuta o Melilla (actuando el cliente como empresario o profesional)
33. Profesional radicado en la Península o Baleares que va a jubilarse y vende su negocio a otro profesional, que continuará con la actividad y que también está radicado en dichos territorios
34. Profesional radicado en la Península o Baleares que, además de prestar sus servicios como tal, cede en arrendamiento un local de negocio afecto a la actividad, siendo el arrendatario otro profesional y estando situados en la Península o Baleares tanto el local como el arrendatario
35. Profesional radicado en la Península o Baleares que vende el local que tenía afecto a su actividad a otro empresario o profesional de la Península o Baleares, quedando la operación exenta de IVA
36. Profesional radicado en la Península o Baleares que vende el local que tenía afecto a su actividad a otro empresario o profesional de la Península o Baleares, con renuncia a la exención del IVA
37. Profesional radicado en la Península e Islas Baleares que vende a un particular de esos mismos territorios un vehículo que tenía afecto a la actividad en un 50 %, expidiendo factura ordinaria por el 50 % de la base imponible
A.2. Operaciones intracomunitarias
38. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente de otro Estado miembro de la UE, si el cliente es un particular o una empresa, empresario o profesional sin VIES
39. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a una empresa, empresario o profesional de otro Estado miembro de la UE dado de alta en el VIES
40. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio relacionado con un inmueble (sito en esos mismos territorios) a un cliente de otro Estado miembro de la UE (sea particular, empresa, empresario o profesional)
41. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio relacionado con un inmueble a un particular de otro Estado miembro de la UE, en el que también está situado el inmueble, sin que el prestador del servicio tenga sede o establecimiento permanente en dicho país ni se acoja al régimen de ventanilla única (OSS)
42. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio de asesoramiento relacionado con un inmueble a un particular de otro Estado miembro de la UE, en el que también está situado el inmueble, sin que el prestador del servicio tenga sede o establecimiento permanente en dicho país, acogiéndose al régimen de ventanilla única (OSS)
43. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio de asesoramiento relacionado con un inmueble a un empresario o profesional de otro Estado miembro, en el que también está situado el inmueble
A.3. Operaciones internacionales
44. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio a un cliente de fuera de la UE, actuando el cliente como empresario o profesional
45. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio de asesoría, auditoría, consultoría, abogacía o similar (en cualquiera de los casos, no relacionado con un inmueble) a un cliente de fuera de la UE, siendo el cliente un particular y utilizándose efectivamente el servicio en la Península o Islas Baleares
46. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio de asesoría, auditoría, consultoría, abogacía o similar (en cualquiera de los casos, no relacionado con un inmueble) a un cliente de fuera de la UE, siendo el cliente un particular y no utilizándose efectivamente el servicio en la Península o Islas Baleares
47. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio relacionado con un inmueble a un cliente de fuera de la UE, encontrándose el inmueble en la Península o Baleares
48. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio relacionado con un inmueble a un cliente de fuera de la UE, encontrándose el inmueble en otro Estado miembro de la UE
49. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta un servicio relacionado con un inmueble a un cliente de fuera de la UE, encontrándose el inmueble fuera de la UE
50. Profesional radicado en la Península o Islas Baleares que presta en favor de un empresario peninsular un servicio de mediación en nombre y por cuenta ajena, no referido a un inmueble, sino relacionado con una exportación de bienes a fuera de la UE; tratándose de una operación exenta de IVA al amparo del art. 21 de la LIVA
B. Facturación desde Canarias
B.1. Operaciones nacionales
51. Profesional radicado en Canarias y acogido al REPEP que presta un servicio a un cliente de Canarias, por el que expide una factura completa u ordinaria
52. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un cliente de Canarias, por el que expide una factura completa u ordinaria
53. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un cliente de Canarias, por el que expide una factura simplificada
54. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un empresario o profesional de Ceuta o Melilla
55. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un cliente de la Península o Islas Baleares, no actuando el cliente como empresario o profesional, sino a título particular
56. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un empresario o profesional de la Península o Baleares
57. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un cliente de la Península o Baleares (sea particular, empresa, empresario o profesional), estando el servicio relacionado con un inmueble sito en Canarias
58. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un particular de la Península o Baleares, estando el servicio relacionado con un inmueble sito en la Península o Baleares y no estando el prestador tampoco establecido en dichos territorios
59. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio a un empresario o profesional de la Península o Baleares, estando el servicio relacionado con un inmueble sito en la Península o Baleares (sería un servicio distinto de la intermediación en el arrendamiento)
60. Profesional en régimen general radicado en Canarias que presta un servicio de intermediación en el arrendamiento de un inmueble, siendo el cliente un empresario o profesional de la Península o Baleares y estando el servicio relacionado con un inmueble sito en la Península o Baleares
61. Profesional radicado en Canarias y acogido al régimen especial del criterio de caja (RECC), que presta un servicio a un empresario o profesional de la Península o Baleares
62. Profesional radicado en Canarias que va a jubilarse y vende su negocio a otro profesional de Canarias, que continuará con la actividad
63. Profesional radicado en Canarias que, además de prestar sus servicios como tal, cede en arrendamiento un local de negocio afecto a la actividad, siendo el arrendatario otro profesional y estando situados en Canarias tanto el local como el arrendatario
64. Profesional radicado en Canarias que vende el local que tenía afecto a su actividad a otro empresario o profesional de Canarias, con renuncia a la exención del IGIC
B.2. Operaciones intracomunitarias
65. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio a un cliente de otro Estado miembro de la UE, si el cliente es un particular o bien una empresa, empresario o profesional sin VIES
66. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio a una empresa, empresario o profesional de otro Estado miembro de la UE (dado de alta en el VIES)
67. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio relacionado con un inmueble sito en Canarias a un cliente de otro Estado miembro de la UE (sea particular, empresa, empresario o profesional)
68. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio relacionado con un inmueble a una empresa, empresario o profesional de otro Estado miembro de la UE, territorio en el que también está situado el inmueble
B.3. Operaciones internacionales
69. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio a un cliente de fuera de la UE, actuando el cliente como empresario o profesional
70. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio de asesoría, auditoría, consultoría, abogacía o similar (en cualquiera de los casos, no relacionado con un inmueble) a un cliente de fuera de la UE, siendo el cliente un particular y utilizándose efectivamente el servicio en Canarias
71. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio relacionado con un inmueble a un cliente de fuera de la UE, encontrándose el inmueble en Canarias
72. Profesional radicado en Canarias que presta un servicio relacionado con un inmueble a un cliente de fuera de la UE, encontrándose el inmueble fuera de la UE
A TIRO FIJO. ¿Cómo registrar en el SIF adaptado a Veri*Factu las 10 operaciones más habituales de un profesional?
1. Prestación de servicios sujeta y no exenta de IVA realizada a un cliente de la Península o Baleares
2. Prestación de servicios a un cliente particular de Canarias, Ceuta o Melilla
3. Prestación de servicios a un cliente que actúa como empresa, empresario o profesional y está domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla
4. Venta del local afecto a la actividad, quedando la operación exenta de IVA
5. Prestación de servicios a un cliente particular de otro Estado miembro de la UE (o a una empresa, empresario o profesional sin VIES)
6. Prestación de servicios a una empresa, empresario o profesional con VIES, de otro Estado miembro de la UE
7. Prestación de un servicio relacionado con un inmueble sito en territorio peninsular o en Baleares, a un cliente de otro Estado miembro de la UE (sea particular, empresa, empresario o profesional)
8. Prestación de servicios a un cliente de fuera de la UE, actuando el cliente como empresario o profesional
9. Prestación de un servicio de asesoría, auditoría, consultoría, abogacía o similar a un particular de fuera de la UE, utilizándose efectivamente el servicio en la Península o Baleares
10. Prestación de un servicio relacionado con un inmueble a un cliente de fuera de la UE, encontrándose el inmueble en la Península o Baleares
BLOQUE III. Errores, modificaciones, subsanaciones, rectificaciones y/o anulaciones
73. He cometido un error al introducir los datos del registro de facturación mientras lo estoy editando, sin haberlo validado todavía, ¿puedo corregirlo?
74. Una vez emitida la factura, ¿puedo hacer algún cambio en el registro de facturación ya validado?
75. En concreto, ¿cómo puedo corregir errores en el registro de facturación una vez emitida la factura?
76. He emitido una factura y generado el registro de facturación de alta correspondiente, pero la AEAT rechaza el envío por tratarse de un NIF no censado. ¿Qué puedo hacer?
77. He emitido una factura y generado el registro de facturación de alta correspondiente, pero me confundí al informar el campo «Clave de régimen» (marqué régimen general y correspondía arrendamiento de local). ¿Qué puedo hacer?
78. ¿Qué fecha de operación debo hacer constar en una factura rectificativa?
79. ¿Cómo registro en el SIF una factura rectificativa?
80. ¿Cómo registro en el SIF una factura rectificativa por sustitución?
81. ¿Cómo registro en el SIF una factura rectificativa por diferencias?
82. He emitido una factura y generado el registro de facturación de alta correspondiente, con una base imponible 1.200 euros; pero me he equivocado, pues debían ser 1.000 euros. Voy a hacer una rectificativa por sustitución. ¿Cómo la registro en el SIF?
83. He emitido una factura y generado el registro de facturación de alta correspondiente, con una base imponible de 1.000 euros, pero me he equivocado, pues debían ser 1.250 euros. Voy a hacer una rectificativa por diferencias. ¿Cómo la registro en el SIF?
84. Uno de mis clientes ha entrado en concurso de acreedores y me ha dejado pendiente de pagar una factura emitida hace más de un año, de 2.000 euros más IVA al 21 %. Voy a hacer una factura rectificativa por sustitución para recuperar el IVA. ¿Cómo la registro en el SIF?
85. Uno de mis clientes ha dejado sin pagar una factura que le expedí hace unos meses, con BI de 1.500 euros y cuota de IVA de 315 euros. ¿Puedo hacer una rectificativa? En caso afirmativo, ¿cómo la registro en el SIF?
86. Uno de mis clientes me pidió fraccionar en tres plazos el pago de una factura que le expedí el año pasado. Ha vencido el último plazo, pero no ha pagado el importe correspondiente a dicho plazo. Le he reclamado y dice que no va a pagar. ¿Puedo considerar ese plazo como incobrable y hacer una rectificativa para recuperar el IVA? En caso afirmativo, ¿cómo la registro en el SIF?
87. He emitido una factura y generado el registro de facturación de alta correspondiente, con IVA exento, pero me he equivocado y tenía que haber repercutido el IVA al 21 %. Al enviar el registro de facturación a través de Veri*Factu, la AEAT lo ha rechazado. ¿Qué debo hacer?
88. ¿Cómo registro una factura emitida en sustitución de otra u otras facturas simplificadas?
89. He emitido una factura y generado el registro de facturación de alta correspondiente, pero la hice a nombre de un cliente que no correspondía. ¿Qué puedo hacer?
90. He emitido una factura duplicada por el mismo servicio al mismo cliente, generando los correspondientes registros de facturación de alta en el SIF. ¿Cómo corrijo la situación?
91. He emitido una factura y cumplimentado el registro de facturación de alta correspondiente, pero lo he validado pasados más de 240 segundos, por lo que Veri*Factu me devuelve un aviso de que el registro ha sido «aceptado con errores». ¿Debo hacer algo?
ANEXO I Capturas de pantalla que ilustran el funcionamiento del SIF
ANEXO II Tablas-resumen sobre los bloques II y III
Departamento De Documentación De Iberley; Antonio Durán-Sindreu Buxadé
Colex. 2021
20,00 €
19,00 €
Departamento De Documentación De Iberley; José Juan Candamio Boutureira
Colex. 2022
15,00 €
14,25 €
Departamento De Documentación De Iberley
Colex. 2025
10,00 €
9,50 €
Departamento De Documentación De Iberley; Antonio Salas Carceller
Colex. 2021
15,00 €
14,25 €
Departamento De Documentación De Iberley; L. Alfredo De Diego Díez
Colex. 2024
20,00 €
19,00 €
Olleros Rodríguez, Antonio M.
CISS. 2011
95,00 €
90,25 €
37,44 €
35,57 €
Redacción Lefebvre
Lefebvre. 2009
49,00 €
46,55 €
Tomás Eguren, Oscar Elvira Y Pablo Larraga
Editorial Profit. 2009
14,42 €
13,70 €
Fernando Polo , Rafael Molero Prieto , Rafael Revert Belda , Elies Seguí Mas , Ana María Gomis Pérez
Pirámide Ediciones. 2012
31,95 €
30,35 €