La presente obra delimita el estatuto jurídico del contador-partidor dativo, incorporado a nuestro sistema sucesorio en virtud de la Ley 11/1981 de 13 de mayo, y que carecía hasta el momento de un estudio monográfico y de conjunto. En sus cinco capítulos se analizan los presupuestos necesarios para la existencia de este cargo de ejecución testamentaria, su régimen jurídico así como los requisitos para que la partición por él realizada sea eficaz. La autora se detiene en el estudio de la facultad de pago en metálico de las legítimas, ya que fue en relación con esta posibilidad donde se introdujo este nuevo contador-partidor creándose además un ámbito de actuación privilegiado frente al cargo de designación testamentaria. Aborda también el estudio de las cuestiones de naturaleza procesal relacionadas con el procedimiento para su designación y el análisis de los derechos catalán y navarro donde existe un cargo análogo al contemplado en el Código civil.
Todo ello hace de la presente monografía un estudio completo y riguroso que la convierten en un valioso instrumento de trabajo.
PROLOGO
ABREVIATURAS
INTRODUCCIÓN
Capítulo I
PRESUPUESTOS BÁSICOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE CONTADOR-PARTIDOR DATIVO
1. Vigencia temporal de la ley creadora de la figura
2. Vigencia espacial
2.1. Regiones con regulación específica del cargo de contador-partidor dativo
2.2. Regiones en las que interviene limitadamente el contador-partidor dativo
3. Existencia de comunidad hereditaria
4. Inexistencia de voluntad contraria a su nombramiento
4.1. La cláusula de prohibición de intervención judicial
4.2. Partición practicada por el testador
4.3. El establecimiento de la indivisión por el testador
4.3.1. Configuración jurídica de la prohibición
4.3.2. Requisitos
4.3.3. Límites de la prohibición
4.3.4. Causas de cesación de la eficacia de la prohibición de dividir
4.3.5. Existencia de esta prohibición en los territorios forales.
4.3.6. Posibles formas de reforzamiento de la prohibición
5. Posibilidad de que los herederos puedan ejercer su derecho a solicitar la partición. Sus
limitaciones
5.1. Condición suspensiva
5.2. Suspensión de la partición
5.3. Oposición a la partición por parte de los acreedores hereditarios
5.4. Existencia de pacto de indivisión
Capítulo II
REQUISITOS LEGALES PARA EL NOMBRAMIENTO DE CONTADOR-PARTIDOR DATIVO
1. Requisitos objetivos
1.1. Inexistencia de testamento
1.2. Inexistencia de contador-partidor testamentario
1.2.1. ¿Pueden los herederos prescindir del contador-partidor nombrado por el testador?
1.3. Vacancia del cargo
1.3.1. Causas que motivan la vacancia
a) Cumplimiento del encargo u oficio .
b) Vencimiento del plazo
c) Invalidación de la disposición testamentaria que deba ser ejecutada .
d) Renuncia del ejecutor testamentario
e) Imposibilidad para el ejercicio .
f) Muerte o Declaración de Fallecimiento
g) Remoción
h) Invalidez de la cláusula en cuya virtud se produjo el nombramiento
1.3.2. La vacancia en los supuestos de designación plural
1.3.3. Efectos que supone la vacancia del cargo
2. Requisitos subjetivos
2.1. La legitimación personal: el título sucesorio
2.1.1. Herederos
2.1.2. Legatarios
2.1.3. Otros posibles legitimados
a) Acreedores
b) Cesionarios de cuota
c) El cónyuge viudo
2.1.4. Posición de los no solicitantes. ¿Existe obligación de comunicarles la intención
de solicitar la partición?
2.2. La legitimación global: la partición en la masa
2.3. La capacidad requerida
2.4. La alteración de las circunstancias que inicialmente habilitaron la solicitud
2.4.1. Repudiación
2.4.2. Renuncia
2.4.3. Causas que disminuyen la legitimación cuantitativa
2.4.4. Causas que alteran la capacidad de los solicitantes
Capítulo III
EL CONTADOR-PARTIDOR DATIVO. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
1. Formalidades precisas para su nombramiento
1.1. Competencia y procedimiento
1.2. La solicitud
1.3. La citación
1.4. Designación y Nombramiento
2. Condiciones de capacidad del contador-partidor dativo .
2.1. La capacidad requerida
2.2. La prohibición del art. 1.057.1º del Código civil
2.3. La idoneidad específica exigida al contador-partidor dativo: la pericia
3. Características del cargo
3.1. Voluntario
3.2. ¿Gratuito o Retribuido?
3.3. Temporal
3.4. Personalísimo
3.5. Unipersonal
3.6. Cargo de carácter privado
3.7. ¿Cargo de Derecho sucesorio?
4. Derechos y Deberes de los contadores-partidores dativos
4.1. Sus derechos en el ejercicio del cargo: provisión y reembolso de gastos; indemnización
de daños ocasionados
4.2. ¿Afecta al contador-partidor dativo la prohibición contenida en el art. 1.459.3º del
Cc.?
4.3. Los deberes del contador-partidor dativo
4.4. Responsabilidad del contador-partidor dativo
5. La Remoción del contador-partidor
5.1. Causas de remoción debidas a situaciones exclusivamente personales del
contador-partidor
5.2. Causas de remoción relacionadas con la forma de ejercicio del cargo
5.3. Causas de remoción debidas a la concurrencia de circunstancias sobrevenidas
5.4. Relación entre las causas de remoción y las que posibilitan la exigencia de
responsabilidad civil
6. La recusación del contador-partidor dativo por la aplicación analógica de las reglas de la
L.E.C. en relación con los peritos
Capítulo IV
FACULTADES DEL CONTADOR-PARTIDOR DATIVO
1. Introducción: La realización de la partición
1.1. Inventario
1.2. Avalúo
1.3. Liquidación
1.4. Fijación de haberes
1.5. Operaciones de división de bienes
1.6. Adjudicación .
1.7. La colación .
2. La facultad de pago en metálico y del cargo de contador-partidor dativo
3. Origen de la facultad atribuida al contador-partidor dativo
3.1. Es la ley quien ha autorizado directamente al contador para la concesión de la
facultad de conmutar
3.2. El contador-partidor dativo necesita de una autorización «ad hoc» para el ejercicio de
dicha facultad
3.2.1. Tesis de la autorización testamentaria .
3.2.2. Tesis de la autorización judicial.
3.2.3. Autorización por acuerdo unánime de todos los legitimarios
3.2.4. Conclusión
4. Extensión y contenido de la autorización: la elección de los perceptores de los bienes
5. Actuación del contador-partidor dativo en ejercicio de la autorización recibida
5.1. La libertad de apreciación del contador-partidor dativo
5.2. Plazo de su actuación
5.3. Presupuestos Subjetivos: los posibles adjudicatarios de los bienes
5.4. Presupuestos Objetivos.
6. CONDICIONES precisas para la eficacia de la conmutación
6.1. Los legitimarios no aceptan la facultad concedida
6.2. Los legitimarios aceptan la realización de la conmutación
6.2.1. Unanimidad del acuerdo
6.2.2. La notificación .
6.2.3. Posibles repercusiones fiscales de las adjudicaciones de bienes
6.2.4. El pago efectivo en el plazo previsto
a) Operaciones particionales previas
b) La satisfacción de las cuotas conmutadas
6.2.4. Garantías del pago
a) La reserva de «pars bonorum» del art. 806 Cc
b) Las correspondientes al legatario de cantidad (art. 42.7º L.H.)
c) La inscripción de las adjudicaciones de bienes con la mención de que las mismas
se realizan con arreglo al art. 844 Cc. prevista por el art. 80.2º R.H.
d) Con carácter discutido la mención prevista en el art. 15 L.H. y desarrollada en
los arts. 83 a 88 del Reglamento
e) El derecho de oponerse a la partición previsto en el art. 1.082 Cc
f) La garantía prevista en el art. 51.6º R.H
7. Consecuencias del Impago
7.1. La doble opción del legitimario impagado
7.2. La resolución de la partición
7.3. La pretensión de cobro en metálico
Capítulo V
EFICACIA DE LA PARTICIÓN REALIZADA POR EL CONTADOR-PARTIDOR
1. Introducción
2. Requisitos de eficacia en la partición ordinaria
2.1. El requisito de la confirmación por parte de todos los herederos y legatarios
2.2. La aprobación judicial subsidiaria
3. Requisitos de eficacia en la partición con conmutación de legítimas a metálico
3.1. Delimitación inicial
3.2. La confirmación expresa
3.3. La aprobación judicial
4. Inscripción de las adjudicaciones practicadas por el contador-partidor dativo
APÉNDICES
Jurisprudencia
Bibliografía