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Colección: Monografías
La obra propone un análisis de la cuestión lingüística en nuestro país desde la perspectiva de nuestro marco jurídico constitucional. La Constitución democrática de 1978 es la norma central de este estudio, al ser la primera en nuestra historia constitucional que reconoce el pluralismo y lo canaliza efectivamente. Ella y las normas estatutarias, de contenido y eficacia aún en proceso de definición, trazan las líneas maestras del modelo. Todo ello en consonancia con el orden internacional y de la UE, dado un ordenamiento multinivel como el nuestro. La jurisprudencia constitucional tiene un papel esencial en la temática; hemos logrado fijar lo que hemos llamado “doctrina clásica”, en relación a las SSTC 82, 83, 84/86 y 56/90, “doctrina rupturista”, en referencia a las SSTC 337/94 y 46/91, y culminamos con lo que sería su síntesis, hasta el momento, la capital STC 31/2010. También hemos conseguido establecer la presencia de, al menos, tres sectores doctrinales. Por fin, el análisis de la legislación y la jurisprudencia dan cuenta del estado último de la cuestión. La obra aporta, pues, cierto orden, y sistemática en el sector, y sirve para el práctico del Derecho, entre otros motivos por evidenciar el Derecho positivo y su aplicación, pero va más allá al plantear cuestiones de trascendencia constitucional concernientes al régimen político (posible reforma de la CE, diversidad e igualdad, posición del estatuto y de la ley orgánica en el sistema de fuentes, derecho de secesión, la interpretación conforme de la CE por el TC etc.).
Introducción ............................................................................. 15
Abreviaturas .............................................................................. 17
III. Reconocimiento y protección del pluralismo lingüístico como valor constitucional. Su coincidencia con los términos en que viene reconocido en el Derecho internacional y regional europeo ................................. 21
III. El valor del pluralismo lingüístico no se identifica con el art. 3.3 CE, sino con el conjunto del art. 3 CE.
Sentido del art. 3.3 CE ................................................... 39
1. El sentido negativo de la territorialidad de la cooficialidad u oficialidad única del castellano fuera de la Comunidad Autónoma: la territorialidad de los derechos lingüísticos derivados del art. 3 y su diferencia con los derechos lingüísticos derivados de los derechos fundamentales ............................................................. 42
III. El estatuto de lengua oficial y las fuentes del Derecho en sentido formal y material: la Constitución, el Estatuto de Autonomía y la distribución de competencias normativas ........................................................................ 51
1. El estatuto de la oficialidad y la Constitución ............. 51
1.1. El carácter potestativo o imperativo de la declaración de oficialidad de las lenguas regionales en la Constitución y si precisamente lo que se ordena con la oficialidad es la paridad con la del castellano ..................................... 52
1.2. La remisión al Estatuto de Autonomía y la igual declaración de oficialidad de la lengua regional .......... ...... 57
1.2.1. La explicitación de las lenguas españolas constitucionalizadas ............................. ... 58
1.2.2. La explicitación del contenido inherente de la coofi cialidad ................................... 60
A) La consideración de competencia ..... 63
B) El contenido de la competencia ........ 66
C) Caracterización de la competencia ... 74
a) La territorialidad de la competencia y el poder de autoorganización con especial mención del factor temporal y de las posibilidades económicas ....................... 75
b) La horizontalidad de la competencia lingüística y su articulación con la competencia sustantiva correspondiente ......................... 84
c) Caracterización de la competencia en el EAC de 2006 ............... 85
d) Caracterización de la competencia. 88
2. El estatuto de la oficialidad y los Estatutos de Autonomía .......................................................................... 92
2.1. La ordenación estatutaria y el espíritu igualador de la declaración de oficialidad .......................................... 92
2.2. La adaptación de la oficialidad a la realidad social e histórica de la Comunidad Autónoma ..................... 100
2.2.1. Modulaciones de tipo restrictivo: el caso de la Comunidad Valenciana y de Navarra ...... 101
2.2.2. Modulaciones de naturaleza controvertida: la propiedad y la normalización lingüística .. 102
3. El estatuto de la oficialidad y la jurisprudencia constitucional........................................... 108
IV. Doctrina clásica sobre la oficialidad, los derechos lingüísticos y el deber de conocer el castellano en la jurisprudencia constitucional y la STC 31/2010, de 28 de junio
1. La doctrina del TC sobre el deber de conocer. La oficialidad del castellano alcanza a todas las instituciones del territorio de la Comunidad Autónoma con lengua propia y sirve para dotar de sentido al deber de conocerlo e introducir una diferencia entre el uso oficial del castellano y el de la lengua regional ............... 111
2. La actuación pública con el concreto particular en la Comunidad Autónoma con cooficialidad ....................... 119
2.1. El derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de elección en sus relaciones con el poder público radicado en la Comunidad Autónoma con cooficialidad
2.1.1. Fundamento constitucional del derecho ... 122
2.1.2. Contenido del derecho............................ 123
A) El derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido activo .. 123
B) El derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido pasivo o de ser atendido en ésta en sentido débil .............................. 125
2.1.3. Reconocimiento en la legislación del derecho de usar la lengua oficial de su elección en sentido activo ...................................... 128
2.2. El derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido pasivo o de ser atendido en ésta en sentido fuerte en sus relaciones con el poder público radicado en la Comunidad Autónoma con cooficialidad ............. 129
2.2.1. Fundamentos constitucional del derecho .. 129
2.2.2. El derecho en caso de desacuerdo de las partes en el procedimiento administrativo .. 135
2.2.3. La lengua del procedimiento administrativo en la legislación y el derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido activo y pasivo
A) La lengua de los procedimientos tramitados por la AGE y el derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido activo y pasivo
B) La lengua de los procedimientos tramitados por las Administraciones autonómicas y locales y el derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido activo y pasivo .. 145
2.2.4. El derecho del ciudadano de usar la lengua ofi cial de su elección en sentido pasivo o de ser atendido en ésta en sentido fuerte ante el Poder Judicial en la Comunidad Autónoma con coofi cialidad .................... 150
A) Fundamento constitucional del derecho
B) El derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido pasivo o de ser atendido en ésta en sentido fuerte ante el Poder Judicial en la Comunidad Autónoma con cooficialidad ..................................... 154
2.3. Críticas a la postura del Tribunal Constitucional.......... 162
3. La actuación pública con destinatario indeterminado en la Comunidad Autónoma con cooficialidad .......... 164
3.1. La lengua de actuación de la Administración en la Comunidad Autónoma con cooficialidad y el derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido
pasivo ............................................................. 166
3.2. La lengua de la legislación en la Comunidad Autónoma con cooficialidad y el derecho del ciudadano de usar la lengua oficial de su elección en sentido pasivo
3.3. Apoyos y críticas al Tribunal Constitucional ............... 174
3.3.1. Apoyos al Tribunal Constitucional ............ 174
3.3.2. Críticas al Tribunal Constitucional ........... 175
A) La nominada por nosotros postura del sector defensor del monolingüismo en la lengua propia ................................ 177
B) La nominada por nosotros postura
del sector defensor del bilingüismo
paritario ........................................... 183
IV. La adaptación de los poderes públicos a la cooficialidad .. 187
1. El acceso a la función pública ........................................ 187
1.1. La relevancia jurídica de la diferencia lingüística sobre la
función pública ............................................... ....... 188
1.2. Posibilidad constitucional de que el conocimiento de la
lengua sea considerado mérito o requisito obligatorio para
el acceso a la función pública ..................................... 191
1.3. El conocimiento de la lengua autonómica como requisito
general de acceso a la función pública .......................... 197
1.4. Las Corporaciones locales ........................................ 207
1.5. La Administración Periférica del Estado .................... 210
2. El acceso al Poder Judicial .............................................. 212
VI. Cambios sustanciales en la jurisprudencia constitucional
concernientes al concepto de la cooficialidad, el sentido
del deber de conocer y el alcance de la normalización
introducidos por la STC 337/1994, de 23 de diciembre, y
su evolución en la STC 31/2010, de 28 de junio ................ 223
1. Introducción: los cambios que incorpora la STC 337/1994,
de 23 de diciembre, y su evolución en la STC 31/2010 .. 223
2. La constitucionalidad del modelo de conjunción
lingüística no paritaria en la enseñanza: la excepción
al deber de conocer el castellano y al derecho
de elección lingüística en lo que hace a la lengua
vehicular de la enseñanza, y la preferencia de
la lengua autonómica como vehicular ....................... 233
2.1. La lengua oficial como objeto y vehículo de enseñanza:
modelos de separación y de conjunción lingüística: la
inexistencia de un derecho constitucional de elegir la lengua
oficial vehicular de la enseñanza .................. ....... 233
2.2. Licitud constitucional del modelo de conjunción lingüística
................................................................ 237
2.2.1. Justificación del modelo de conjunción lingüística
en la doctrina constitucional ......... 237
2.2.2. El carácter no obstativo, pero sí condicionador,
del deber de conocer el castellano y de la
cooficialidad para el modelo de conjunción .. 240
2.2.3. El carácter no obstativo pero sí condicionador
del art. 27 CE para el modelo de conjunción
.................................................... 244
2.3. La licitud constitucional de la conjunción o del bilingüismo
no paritario ................................................ 244
2.4. Los límites de la disparidad ..................................... 246
2.5. El aspecto competencial ........................................... 254
2.6. Objeciones a lo que dice la STC 337/1994 sobre la
constitucionalidad de la conjunción lingüística no paritaria,
extensibles a la STC 31/2010 .......................... 255
2.6.1. Primera objeción: la declaración del TC
de que no se constitucionaliza el modelo
de separación lingüística ignora el concepto
del deber de conocer y los derechos
lingüísticos en el ámbito de la enseñanza
.................................................... 255
2.6.2. Segunda objeción: cuando el TC declara
que no se constitucionaliza el modelo de
separación lingüística desatiende ciertos
datos históricos ........................................ 257
2.6.3. Tercera objeción: el TC declara la constitucionalidad
de una norma que deslegaliza
la decisión sobre la adopción del modelo
de conjunción lingüística o los criterios
para hacer predominar el catalán .............. 261
A) Deslegalización de la decisión de
adoptar el modelo de conjunción
lingüística ........................................ 261
B) Deslegalización de la decisión de
hacer predominante el catalán en la
enseñanza, y /o en qué medida ......... 266
2.6.4. Cuarta objeción: el TC declara la constitucionalidad
de la conjunción lingüística no
paritaria favorable al catalán sin entrar en
el juicio de la proporcionalidad ................ 270
2.7. La separación lingüística en la primera enseñanza ....... 271
3. Constitucionalidad del uso preferente de la lengua
autonómica en la actuación pública ........................ 278
3.1. Constitucionalidad del uso preferente de la lengua
autonómica en la actuación pública en la STC
337/1994 ...................................................... 278
3.2. El doble límite al que se sujeta la preferencia de la lengua
vernácula en la actuación pública en la STC 337/1994:
la cooficialidad del castellano y el derecho de elección lingüística
.................................................................... 280
3.3. Posturas institucionales, doctrinales y jurisprudenciales
formuladas con ocasión del análisis de las medidas de
normalización del catalán en la actuación pública que
introduce la LPL de 1998, y que seguiría el EAC de
2006, y su compatibilidad con la STC 31/2010, de 28
de junio ................................................................ 286
3.3.1. Postura del sector defensor del monolingüismo
en la lengua propia. Su rechazo por
la STC 31/2010, de 28 de junio ................ 286
3.3.2. Postura del sector defensor del bilingüismo
paritario y su parcial acogida por la STC
31/2010, de 28 de junio ........................... 291
3.3.3. Postura del sector proclamante de la interpretación
conforme con la CE de las disposiciones
normalizadoras. Su acogida por la
STC 31/2010, de 28 de junio .................... 294
A) Postura del defensor del pueblo en el
informe de 1998. Su coincidencia con
la doctrina de la STC 31/2010 ............. 294
B) Postura doctrinal ................................ 297
C) Postura de los tribunales ..................... 301
a) Respeto de la ofi cialidad del castellano
y de los derechos lingüísticos
en la actuación externa de la Administración
...................................... 301
a’) Giro en la jurisprudencia: de
la declaración de invalidez de
la norma o acto normalizador
a la interpretación conforme
con la CE ............................. 301
b’) Dispersión en las interpretaciones
conformes con la CE
de las disposiciones normalizadoras
................................. 303
b) Respeto de la ofi cialidad del castellano
y de los derechos lingüísticos
en la actuación interna de la
Administración. ............................... 310
3.4. La inconstitucionalidad del uso preferente de la lengua
autonómica en la actuación pública de acuerdo con la STC
31/2010, de 28 de junio ........................................... 312
Bibliografía ............................................................................... 315
17,31 €
16,44 €
Iglesias Garzon, Alberto (Eds.) ; Ansuátegui Roig, Francisco Javier
Dykinson. 2011
32,00 €
30,40 €
Roig, Antoni
J.M. Bosch Editor. 2020
36,00 €
34,20 €
Olivas Morillo, Pedro Luis
Aranzadi. 2026
50,96 €
48,41 €
30,00 €
28,50 €