Ley 42/2010, de 30 de diciembre que modifica la ley 28/2005, y entra en vigor el 2.1.2011, sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, suministro, consumo y publicidad de productos del tabaco.
Con la Ley del tabaco o contra ella, L. 28/2005 y su radical modificación por la Ley 42/2010, los problemas que se plantean, no sólo por los fines que trata de controlar y regular, sino porque la misma ha de tener una aplicación práctica y constitucional cuando se incumple, no son pequeños, pero los más esenciales son los de la sanción por infracción de la mencionada ley. Y si se incumple el procedimiento sancionador en lo concreto, surge con toda su fuerza como forma de hacer cumplir, y de imponer el cumplimiento de los fines de la Ley cuál es la vía para hacer cumplir unos fines que no son satisfechos por el procedimiento sancionador que la misma Ley establece.
Saturio Hernández de Marco. Abogado. Secretario de Administración Local de Categoría Superior.
1. EXPLICACIÓN DEL TRABAJO.
2. INFRACCIONES Y SANCIONES.
I. Supuestos legales previos, arts. 6 y 7 y otros concordantes, a las infracciones y sanciones.
I. A. Precisiones a los supuestos anteriores.
II. Infracciones y sanciones configuradas en la Ley.
II. A. Su consideración legal.
II. B. Precisiones sobre faltas y sanciones.
3. PERSONAS RESPONSABLES.
3.1. Siempre el responsable del establecimiento.
3.2. Otros responsables.
3.3. Ningún responsable, pero se ha infringido la Ley.
4. PROCEDIMIENTO, PLAZOS DE RESOLUCIÓN, PRUEBAS, AUDIENCIA Y NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CADUCIDAD.
I. Procedimiento.
II. Plazo del procedimiento.
III. Caducidad.
5. LOS ENTES LOCALES NO PUEDEN SANCIONAR INCUMPLIMIENTOS DE LA LEY 28/2005 Y TAMPOCO DE SU MODIFICACIÓN POR LA LEY 42/2010.
6. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y SU ÁMBITO DE REGULACIÓN.
7. JURISPRUDENCIA.
7.1. Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Social, Sentencia de 24 Feb. 2005, rec. 1739/2004. Pt. Libran Sainz de Baranda, P.
7.2. Caducidad del procedimiento.
7.2.1.Audiencia Nacional, Sala de lo Contenciosoadministrativo, Sección 5ª, Sentencia de 22 Sep. 2010, rec. 68/2010, Pont.: Gil Ibáñez, J.L.
7.2.2.Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 31 May. 2010, rec. 4156/2009, pt. Ramírez Sineiro, J.M.
7.3. Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 5 May. 2010, rec. 1323/2006, Pt. Xiol Ríos, J. A.
7.4. Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Santa Cruz de Tenerife, Sala de lo Social, Sentencia de 6 Nov. 2007, rec. 638/2007, Ponente: Doreste Armas.
7.5. Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 6ª, Sentencia de 3 Jul. 2006, rec. 1649/2006, Pont. Cea Ayala, Benedicto.
7.6. Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Auto de 1 Jul. 2010, rec. 4138/2009, pnt. Gilolmo López, J.L.
7.7. Tribunal Superior, Sala de lo Contenciosoadministrativo, Sección 6ª, S de 25 Jun. 2010, Ponente: Álvarez Theurer, Carmen.
7.8. Tribunal Constitucional, Auto 853/1986 de 22 oct. Régimen diferente entre sanción penal y administrativa, fumar un cigarrillo de hachís.
8. A MODO DE CONCLUSIONES.
ANEXO LEGISLATIVO.
FORMULARIOS.